Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2023/2-3)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 7 de julio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al funcionamiento de Grupos Operativos de la Asociación Europea de Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas para la realización de proyectos piloto y el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en los sectores agrícola, alimentario y forestal, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 16.1, operaciones 16.1.2 y 16.1.3) incluyendo las ayudas contempladas en la Inversión Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21682/7
Noveno. Se modifica el apartado 7 de los tres cuadros resumen que queda redactado
como sigue:
7. Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II (artículo 16).
1. Documentación acreditativa de la agrupación:
a) Documento, público o privado, firmado por todas las personas beneficiarias, donde
se autorice a la persona o entidad representante de la agrupación solicitante para cumplir
las obligaciones y funciones le correspondan, como beneficiaria, a la agrupación.
b) Documentación acreditativa de la personalidad de cada uno de los miembros de la
agrupación:
1.º Cuando se trate de persona física: documento Nacional de Identidad o equivalente
(DNI o NIE) cuando no se preste el consentimiento expreso en el apartado 4 del formulario
de alegaciones que figura como Anexo II de la convocatoria, para la consulta de sus
datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.
2.º Cuando se trate de persona jurídica:
Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF).
Escritura o Acta de constitución así como certificado del registro correspondiente
relativo a la inscripción de la constitución, y Estatutos en vigor de la sociedad, debidamente
inscritos en el Registro correspondiente.
Certificado del Secretario de la entidad en el que se haga constar que los documentos
aportados para la acreditación de la personalidad se encuentran vigentes.
2. Documentación acreditativa de la representación legal de la persona representante
de la agrupación:
a) La representación quedará acreditada mediante la utilización de un certificado
electrónico reconocido de personas jurídicas.
b) Documento Nacional de Identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona
representante legal, en el caso de que no autorice a la Administración a realizar la
consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de verificación de Identidad.
c) Documentación acreditativa de la representación:
1.º Certificado del Secretario de la entidad en la que se haga constar que los
documentos aportados para la acreditación de la representación se encuentran vigentes.
2.º Autorización firmada por la persona representante legal de la entidad representante
de la agrupación en el caso de que firme y/o presente la solicitud una persona distinta a
la primera.
3. Documentación acreditativa relativa al proyecto innovador para el que se solicita la
subvención:
a) Presupuesto detallado por cada uno de los miembros beneficiarios de la
agrupación, detallado con el mayor grado posible, desglosando cada uno de los gastos
correspondientes a cada una de las acciones que se van a realizar y que deberá
corresponderse con lo indicado en los Anexos I y II.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274868
f) La propiedad y existencia o no de confidencialidad sobre los resultados y las
responsabilidades financieras de cada socio en caso de incumplimiento, mención
hecha a que la Consejería competente en materia de Agricultura podrá disponer de
la información contenida en los proyectos solicitados por los Grupos Operativos de la
AEI que se rijan por la presente Orden reguladora, de acuerdo con las competencias
que tenga asignadas, y que esta información podrá ser utilizada por la misma para la
correspondiente divulgación y publicidad.
g) Actuaciones a realizar por cada entidad miembro beneficiaria o colaboradora.
h) Normas y/o procedimientos internos que garanticen la transparencia en el
funcionamiento y en la toma de decisiones y de evitación de conflictos de intereses y la
observación del principio de no discriminación e igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres.
i) Jurisdicción y resolución de conflictos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023
página 21682/7
Noveno. Se modifica el apartado 7 de los tres cuadros resumen que queda redactado
como sigue:
7. Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II (artículo 16).
1. Documentación acreditativa de la agrupación:
a) Documento, público o privado, firmado por todas las personas beneficiarias, donde
se autorice a la persona o entidad representante de la agrupación solicitante para cumplir
las obligaciones y funciones le correspondan, como beneficiaria, a la agrupación.
b) Documentación acreditativa de la personalidad de cada uno de los miembros de la
agrupación:
1.º Cuando se trate de persona física: documento Nacional de Identidad o equivalente
(DNI o NIE) cuando no se preste el consentimiento expreso en el apartado 4 del formulario
de alegaciones que figura como Anexo II de la convocatoria, para la consulta de sus
datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.
2.º Cuando se trate de persona jurídica:
Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF).
Escritura o Acta de constitución así como certificado del registro correspondiente
relativo a la inscripción de la constitución, y Estatutos en vigor de la sociedad, debidamente
inscritos en el Registro correspondiente.
Certificado del Secretario de la entidad en el que se haga constar que los documentos
aportados para la acreditación de la personalidad se encuentran vigentes.
2. Documentación acreditativa de la representación legal de la persona representante
de la agrupación:
a) La representación quedará acreditada mediante la utilización de un certificado
electrónico reconocido de personas jurídicas.
b) Documento Nacional de Identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona
representante legal, en el caso de que no autorice a la Administración a realizar la
consulta de sus datos de identidad a través del Sistema de verificación de Identidad.
c) Documentación acreditativa de la representación:
1.º Certificado del Secretario de la entidad en la que se haga constar que los
documentos aportados para la acreditación de la representación se encuentran vigentes.
2.º Autorización firmada por la persona representante legal de la entidad representante
de la agrupación en el caso de que firme y/o presente la solicitud una persona distinta a
la primera.
3. Documentación acreditativa relativa al proyecto innovador para el que se solicita la
subvención:
a) Presupuesto detallado por cada uno de los miembros beneficiarios de la
agrupación, detallado con el mayor grado posible, desglosando cada uno de los gastos
correspondientes a cada una de las acciones que se van a realizar y que deberá
corresponderse con lo indicado en los Anexos I y II.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274868
f) La propiedad y existencia o no de confidencialidad sobre los resultados y las
responsabilidades financieras de cada socio en caso de incumplimiento, mención
hecha a que la Consejería competente en materia de Agricultura podrá disponer de
la información contenida en los proyectos solicitados por los Grupos Operativos de la
AEI que se rijan por la presente Orden reguladora, de acuerdo con las competencias
que tenga asignadas, y que esta información podrá ser utilizada por la misma para la
correspondiente divulgación y publicidad.
g) Actuaciones a realizar por cada entidad miembro beneficiaria o colaboradora.
h) Normas y/o procedimientos internos que garanticen la transparencia en el
funcionamiento y en la toma de decisiones y de evitación de conflictos de intereses y la
observación del principio de no discriminación e igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres.
i) Jurisdicción y resolución de conflictos.