Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2023/2-2)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se convoca la concesión de licencias profesionales de marisqueo a pie, específica para la captura de la especie coquina (Donax trunculus), en el litoral de la provincia de Huelva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023

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2. La información asociada al procedimiento licencias de marisqueo a pie, está
disponible con el código de procedimiento 115 en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, a través del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la Sede electrónica general de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/115

Tercero. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en la obtención de la licencia, deberán presentar la
correspondiente solicitud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En caso de presentación de varias solicitudes se entenderá como válida únicamente la
última presentada.
2. Si existiesen solicitudes de mariscadores que estén en posesión de otra licencia de
carácter genérica, se deberá optar entre las distintos tipos de licencia de marisqueo a pie,
en caso de otorgamiento de otra nueva, no siendo acumulativa en aplicación del apartado 3
del artículo 3 de la Orden 25 de mayo de 2020.
3. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los modelos de formularios publicados
mediante la Orden de 6 de octubre de 2021, por la que se aprueba y da publicidad a los
formularios para la obtención y la renovación de las licencias de marisqueo a pie prevista
en la Orden de 25 de mayo de 2020, por la que se regula la actividad de marisqueo a pie
profesional en el litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que sustituyen a los
formularios publicados como Anexo I y II de la Orden de 28 de enero de 2021, por la que
se convoca la concesión de licencias profesionales de marisqueo a pie en el litoral de las
provincias de Huelva y Cádiz. Asimismo, dichos formularios también están disponibles en
el enlace indicado en el resuelvo primero, punto segundo de la presente orden.
4. Conforme a lo establecido en el artículo 6.3 de la Orden de 25 de mayo de 2020,
las solicitudes deberán contener la siguiente información:
a) Los datos identificativos de la persona solicitante y, en su caso, de quien la represente.
b) La identificación del medio electrónico o el lugar físico en el que desea que se
practiquen las notificaciones. Adicionalmente, el interesado podrá identificar un dispositivo
electrónico y/o una dirección de correo electrónico que servirán para el envío de avisos,
pero no para la práctica de notificaciones.
c) Compromiso de formalizar su afiliación y situación de alta en el Régimen Especial
de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en caso de obtener la licencia.
d) La valoración de la solicitud en aplicación de los criterios establecidos en el artículo 7
de la Orden de 25 de mayo de 2020.
5. Conforme a lo establecido en el artículo 6.4 de la Orden de 25 de mayo de 2020,
las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
a) DNI del solicitante, o que no se manifieste oposición expresa a la consulta de los
datos de identidad, fecha de nacimiento y sexo por parte de la Administración.
b) DNI del representante legal, o que no se manifieste oposición expresa a la consulta
de los datos de identidad, fecha de nacimiento y sexo por parte de la Administración.
c) Certificación de los periodos de inscripción como demandante de empleo del
solicitante, o que no se manifieste oposición expresa a la consulta de los datos de
demandante de empleo a fecha concreta, a través del sistema de verificación de los datos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Requisitos.
Conforme al artículo 5.1 de la Orden de 25 de mayo de 2020, para la obtención de la
licencia de marisqueo a pie será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 18 años a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Aportar el compromiso de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de
los Trabajadores del Mar.