Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2023/2-7)
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa, mediante tramitación anticipada, la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Miércoles, 4 de enero de 2023

página 21618/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Instituto Andaluz de
la Mujer, por la que se efectúa, mediante tramitación anticipada, la convocatoria
de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a mujeres
víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023.
BDNS (Identif): 665395 (Línea 1), 665396 (Línea 2).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria
Se convoca mediante tramitación anticipada, en la modalidad de concesión de
régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, las
siguientes líneas de subvenciones en el marco de la Orden 23 de febrero de 2021, en
la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos
presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:
Denominación de la línea
Línea 1: Ayudas económicas a víctimas de violencia de género.
Línea 2. Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género
que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para
obtener un empleo.

Cuantía
máxima
(euros)
180.000
1.000.000

Posiciones presupuestarias
1631010000 G/31T/48003/00 01
1631180000 G/31T/48003/00 S0570

Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las mujeres víctimas de violencia de
género que cumplan los requisitos señalados en el Anexo I que se acompaña a este
extracto.
Tercero. Objeto.
El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se
acompaña a esta resolución.

Quinto. Importe.
La dotación máxima para la anualidad 2023 de cada una de las líneas convocadas se
reflejan en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto, sin perjuicio de lo
establecido en el dispongo primero punto 2 de la Resolución de 20 de diciembre de 2022,
del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada
la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a
mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274836

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia no
competitiva, aprobadas mediante la Orden de 23 de febrero de 2021 (BOJA número 42,
de 4 de marzo de 2021).