Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/1-8)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las becas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en materia de turismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21617/2
1.ª fase de 3 meses en España. Esta fase de desarrollará en las distintas sedes o
entidades dependientes de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte
de Andalucía, S.A. en la provincia de Málaga.
2.ª fase de 6 meses en el extranjero. Esta fase se desarrollará en las sedes propias o
concertadas en las ciudades de los países europeos y de Estados Unidos escogidas para
las prácticas. Se han seleccionado cinco destinos extranjeros, por lo que se asignarán
dos becas a cada uno:
- Bruselas
- Londres
- Frankfurt
- Nueva York
- Estocolmo
3. Cada beca estará dotada con una cantidad de 19.800 euros brutos en la modalidad
1 (TURIN) para un período de doce meses y de 22.350,30 euros brutos en la modalidad 2
(TUREX) para un período de nueve meses.
4. Las personas que asuman la dirección de las becas serán aquellas que ejerzan las
correspondientes funciones de Jefaturas de Servicio o Departamento donde presten sus
servicios las personas becadas.
Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo previsto en la Orden de 27 de diciembre de
2021, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes de las becas será de 20 días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.
Quinto. Limitaciones presupuestarias, financiación y control.
1. Las modalidades de becas de formación en materia de turismo que se convocan se
financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 0900010000-G/75D/48000/00-01,
siendo la cuantía total destinada a la presente convocatoria de 263.103,00 euros, de
acuerdo con la siguiente distribución:
- ANUALIDAD 2023: 243.303,00 euros
- ANUALIDAD 2024: 19.800,00 euros
A la modalidad 1 (TURIN) se destinará un total de 39.600,00 euros, y a la modalidad
2 (TUREX) un total de 223.503,00 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274834
Cuarto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Orden de 27 diciembre de 2021,
se aprueban con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el formulario de
alegaciones, aceptación, desistimiento y presentación de documentos, que se incorporan
respectivamente como Anexos I y II a la presente resolución.
2. Las solicitudes se presentarán según el modelo que figura como Anexo I de la
presente resolución y deberán cumplimentarse preferentemente a través del acceso
establecido al efecto en la página web de la Consejería, pudiéndose presentar en el
Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica, así como en los registros u oficinas referidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Martes, 3 de enero de 2023
página 21617/2
1.ª fase de 3 meses en España. Esta fase de desarrollará en las distintas sedes o
entidades dependientes de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte
de Andalucía, S.A. en la provincia de Málaga.
2.ª fase de 6 meses en el extranjero. Esta fase se desarrollará en las sedes propias o
concertadas en las ciudades de los países europeos y de Estados Unidos escogidas para
las prácticas. Se han seleccionado cinco destinos extranjeros, por lo que se asignarán
dos becas a cada uno:
- Bruselas
- Londres
- Frankfurt
- Nueva York
- Estocolmo
3. Cada beca estará dotada con una cantidad de 19.800 euros brutos en la modalidad
1 (TURIN) para un período de doce meses y de 22.350,30 euros brutos en la modalidad 2
(TUREX) para un período de nueve meses.
4. Las personas que asuman la dirección de las becas serán aquellas que ejerzan las
correspondientes funciones de Jefaturas de Servicio o Departamento donde presten sus
servicios las personas becadas.
Segundo. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se regirá por lo previsto en la Orden de 27 de diciembre de
2021, por la presente convocatoria y demás normativa de aplicación.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes de las becas será de 20 días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
2. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo.
Quinto. Limitaciones presupuestarias, financiación y control.
1. Las modalidades de becas de formación en materia de turismo que se convocan se
financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 0900010000-G/75D/48000/00-01,
siendo la cuantía total destinada a la presente convocatoria de 263.103,00 euros, de
acuerdo con la siguiente distribución:
- ANUALIDAD 2023: 243.303,00 euros
- ANUALIDAD 2024: 19.800,00 euros
A la modalidad 1 (TURIN) se destinará un total de 39.600,00 euros, y a la modalidad
2 (TUREX) un total de 223.503,00 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274834
Cuarto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Orden de 27 diciembre de 2021,
se aprueban con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el formulario de
alegaciones, aceptación, desistimiento y presentación de documentos, que se incorporan
respectivamente como Anexos I y II a la presente resolución.
2. Las solicitudes se presentarán según el modelo que figura como Anexo I de la
presente resolución y deberán cumplimentarse preferentemente a través del acceso
establecido al efecto en la página web de la Consejería, pudiéndose presentar en el
Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica, así como en los registros u oficinas referidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.