Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/535-66)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones Fusionadas de Córdoba, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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2. Esta convocatoria tiene como objetivo prioritario en orden a la correcta planificación
de sus recursos humanos, y la regularización de las plazas ocupadas por personal
temporal, efectuar la convocatoria de Oferta de Empleo Público en aplicación de la
citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público (BOE núm. 312, de 29 de diciembre de 2022), la cual
establece en su art. 2.4. y disposición adicional sexta lo siguiente:
- Artículo 2.4: «4. La articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso,
garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito,
capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos
territoriales de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y
entidades locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre
las diferentes Administraciones Públicas en el desarrollo de los mismos en el seno de la
Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública
de cada Administración o la normativa específica, el sistema de selección será el de
concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento
de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el
cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate pudiendo no ser eliminatorios los
ejercicios en la fase de oposición, en el marco de la negociación colectiva establecida en
el artículo 37.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.»
- Disposición adicional sexta: «Las Administraciones Públicas convocarán, con
carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por
el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola
vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la
Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán,
en todo caso, los plazos establecidos en esta norma.»
Del mismo modo, en la disposición adicional séptima de la citada ley, se estipula en
relación a la extensión del ámbito de aplicación de los procesos de estabilización que:
«los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán
de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales,
fundaciones del sector público y consorcios del sector público».
De conformidad con lo expuesto, en la actual plantilla de la Fundación, existen
19 plazas ocupadas por personal con carácter temporal, mediante contrato de interinidad,
de las que, de ellas, 15 están siendo ocupadas con anterioridad a 1 de enero de 2016
de forma continuada, y, por tanto, es de aplicación las disposiciones adicionales sexta
y séptima anteriormente referidas en cuanto a la celebración de una convocatoria con
carácter excepcional de estabilización de empleo de larga duración.
Mediante Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del
sector público andaluz para el año 2022, y a efectos de dar cumplimiento a la nueva
regulación estatal de carácter básico, se han incluido las 19 plazas correspondientes a
esta entidad instrumental.
Atendiendo a la recomendación tercera de la Resolución de la Dirección General
del Sector Público Instrumental de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública de la Junta de Andalucía, de 2 de noviembre de 2022, solo se valorarán
los servicios prestados como personal laboral temporal o personal laboral declarado
indefinido no fijo, y dado que el objeto de esta convocatoria es un proceso extraordinario
de estabilización y no un concurso de traslados ni un proceso de promoción interna,
que será objeto de futuras convocatorias, no podrán concurrir a puestos de trabajo de
la misma denominación y código del Inventario de Puestos de Trabajo del Anexo I, las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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