Autoridades y personal. Universidades. (2022/249-25)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en la Escala Básica de Relaciones Internacionales, puestos de Ténico/a nivel 7 con destino en la Oficina de Relaciones Internacionales, en el marco de la estabilización de empleo temporal del personal de Administración y Servicios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21574/9
9. Norma final.
9.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso
selectivo.
9.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo
84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», en el que aparecerá con fecha de Resolución de 7 de diciembre de
2022, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274737
selectivo a que se refiere la base anterior, quienes figuren en las mismas, deberán
presentar en dicho Servicio, los siguientes documentos:
Certificado médico acreditativo de no poseer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Universidad de Granada.
Original y fotocopia para su compulsa de la titulación académica exigida en la base
2.1.e) de la convocatoria solo en el caso que manifieste oposición motivada a la consulta
que de esos datos realizará la Universidad de Granada.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según modelo que facilitará a los interesados el Servicio de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
Las personas seleccionadas que hayan hecho valer su condición de persona con
discapacidad deberán presentar de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente:
1. Certificación que acredite tal condición solo en el caso que manifieste oposición
motivada a la consulta que de esos datos realizará la Universidad de Granada.
2. Certificación acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
8.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.3. Las personas que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán
exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados
para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar
su condición, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida, y aquellas
circunstancias que obren en su hoja de servicios.
8.4. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.5. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.6. La toma de posesión de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su
nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21574/9
9. Norma final.
9.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso
selectivo.
9.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo
84 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», en el que aparecerá con fecha de Resolución de 7 de diciembre de
2022, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274737
selectivo a que se refiere la base anterior, quienes figuren en las mismas, deberán
presentar en dicho Servicio, los siguientes documentos:
Certificado médico acreditativo de no poseer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos
Laborales de la Universidad de Granada.
Original y fotocopia para su compulsa de la titulación académica exigida en la base
2.1.e) de la convocatoria solo en el caso que manifieste oposición motivada a la consulta
que de esos datos realizará la Universidad de Granada.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según modelo que facilitará a los interesados el Servicio de Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
Las personas seleccionadas que hayan hecho valer su condición de persona con
discapacidad deberán presentar de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente:
1. Certificación que acredite tal condición solo en el caso que manifieste oposición
motivada a la consulta que de esos datos realizará la Universidad de Granada.
2. Certificación acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
8.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.3. Las personas que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán
exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados
para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar
su condición, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida, y aquellas
circunstancias que obren en su hoja de servicios.
8.4. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.5. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.6. La toma de posesión de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su
nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».