Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-13)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21694/29
II. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS
ELECTRÓNICOS EN LAS SESIONES DE LOS TRIBUNALES CALIFICADORES/
COMISIONES DE SELECCIÓN DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS
CONJUNTAMENTE PARA EL DESARROLLO DE LAS OFERTAS DE EMPLEO
PÚBLICO DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Las presentes normas se aplicarán a todos los Tribunales Calificadores/Comisiones
de Selección del Servicio Andaluz de Salud implicados en el desarrollo de las Ofertas de
Empleo Público.
Segunda. Sesiones de los tribunales a distancia por medios electrónicos.
1. Los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección afectados por la presente
Resolución podrán constituirse a distancia y adoptar acuerdos utilizando medios
electrónicos, con respeto de lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo II, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. A efectos legales, el lugar de celebración de la sesión a distancia será la sede del
Servicio Andaluz de Salud en Sevilla.
3. La convocatoria a distancia del Tribunal Calificador será notificada a sus miembros
por correo electrónico por el/la Secretario/a y especificará:
a) El medio electrónico por el que se celebrará la reunión y el acceso al mismo
mediante el correspondiente código.
b) El medio electrónico por el que se podrá consultar la documentación relativa a los
asuntos incluidos en el orden del día y el tiempo durante el que estará disponible la información.
c) El modo de participar en los debates y deliberaciones y el período de tiempo
durante el que tendrá lugar la reunión.
d) El medio de emisión del voto y el periodo del tiempo durante el que se podrá votar,
debiendo garantizarse la identidad del emisor y el secreto de su voto cuando se trate de
votaciones secretas.
e) El medio de difusión de las actas de las sesiones y el período durante el que se
podrán consultar por los miembros del tribunal.
El/la Secretario/a del tribunal deberá confirmar la recepción de la convocatoria por
parte de los miembros del mismo y por las organizaciones sindicales, salvo que la misma
se pueda que se podrá acreditar por medios electrónicos.
4. La sesión a distancia se celebrará mediante audioconferencia, videoconferencia, o
a través de cualquier sistema electrónico que lo permita, en cuyo caso:
a) La convocatoria del órgano y la aportación de la documentación necesaria se
realizará conforme a lo dispuesto en el punto anterior.
b) La sesión se celebrará garantizando el reconocimiento de las personas
intervinientes y la comunicación entre ellas.
c) Las votaciones podrán tener lugar por mera expresión verbal del sentido del voto.
El sistema deberá permitir la posibilidad de realizar votaciones secretas, en cuyo caso, se
garantizará la identidad del emisor y el secreto de su voto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274884
Primera. Sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección.
Los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección desarrollarán sus sesiones
cuando sean convocados por orden de la Presidencia del tribunal, bien con presencia
física de sus miembros en un mismo lugar, o bien a distancia, es decir, pudiéndose
encontrar los miembros en distintos lugares, si bien, en este último caso las sesiones
se realizarán a través de los medios electrónicos y en la forma que se establece en la
presente resolución.
Cuando las sesiones sean convocadas a distancia, el/la Secretario/a del tribunal
informará a las organizaciones sindicales, miembros de la Mesa Sectorial de Negociación
de la Administración Sanitaria, de la realización de las mismas y les remitirá el orden del
día de cada una de ellas, al igual que se hace con las sesiones presenciales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21694/29
II. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS
ELECTRÓNICOS EN LAS SESIONES DE LOS TRIBUNALES CALIFICADORES/
COMISIONES DE SELECCIÓN DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS CONVOCADAS
CONJUNTAMENTE PARA EL DESARROLLO DE LAS OFERTAS DE EMPLEO
PÚBLICO DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Las presentes normas se aplicarán a todos los Tribunales Calificadores/Comisiones
de Selección del Servicio Andaluz de Salud implicados en el desarrollo de las Ofertas de
Empleo Público.
Segunda. Sesiones de los tribunales a distancia por medios electrónicos.
1. Los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección afectados por la presente
Resolución podrán constituirse a distancia y adoptar acuerdos utilizando medios
electrónicos, con respeto de lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo II, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. A efectos legales, el lugar de celebración de la sesión a distancia será la sede del
Servicio Andaluz de Salud en Sevilla.
3. La convocatoria a distancia del Tribunal Calificador será notificada a sus miembros
por correo electrónico por el/la Secretario/a y especificará:
a) El medio electrónico por el que se celebrará la reunión y el acceso al mismo
mediante el correspondiente código.
b) El medio electrónico por el que se podrá consultar la documentación relativa a los
asuntos incluidos en el orden del día y el tiempo durante el que estará disponible la información.
c) El modo de participar en los debates y deliberaciones y el período de tiempo
durante el que tendrá lugar la reunión.
d) El medio de emisión del voto y el periodo del tiempo durante el que se podrá votar,
debiendo garantizarse la identidad del emisor y el secreto de su voto cuando se trate de
votaciones secretas.
e) El medio de difusión de las actas de las sesiones y el período durante el que se
podrán consultar por los miembros del tribunal.
El/la Secretario/a del tribunal deberá confirmar la recepción de la convocatoria por
parte de los miembros del mismo y por las organizaciones sindicales, salvo que la misma
se pueda que se podrá acreditar por medios electrónicos.
4. La sesión a distancia se celebrará mediante audioconferencia, videoconferencia, o
a través de cualquier sistema electrónico que lo permita, en cuyo caso:
a) La convocatoria del órgano y la aportación de la documentación necesaria se
realizará conforme a lo dispuesto en el punto anterior.
b) La sesión se celebrará garantizando el reconocimiento de las personas
intervinientes y la comunicación entre ellas.
c) Las votaciones podrán tener lugar por mera expresión verbal del sentido del voto.
El sistema deberá permitir la posibilidad de realizar votaciones secretas, en cuyo caso, se
garantizará la identidad del emisor y el secreto de su voto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274884
Primera. Sesiones de los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección.
Los Tribunales Calificadores/Comisiones de Selección desarrollarán sus sesiones
cuando sean convocados por orden de la Presidencia del tribunal, bien con presencia
física de sus miembros en un mismo lugar, o bien a distancia, es decir, pudiéndose
encontrar los miembros en distintos lugares, si bien, en este último caso las sesiones
se realizarán a través de los medios electrónicos y en la forma que se establece en la
presente resolución.
Cuando las sesiones sean convocadas a distancia, el/la Secretario/a del tribunal
informará a las organizaciones sindicales, miembros de la Mesa Sectorial de Negociación
de la Administración Sanitaria, de la realización de las mismas y les remitirá el orden del
día de cada una de ellas, al igual que se hace con las sesiones presenciales.