Autoridades y personal. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/535-32)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por la que se da publicidad a la convocatoria única y excepcional para el proceso selectivo de estabilización del empleo público.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
CÓDIGO
23SASG

NÚM.
91

29TMSPPV

119

41SASG

134

41TSSPPV

145

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21625/11

DIRECCIÓN PROVINCIAL/
PUESTO
ÁREA
SOPORTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
ADMINISTRATIVO JAÉN
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
TM SOCIAL
MÁLAGA
SOPORTE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
ADMINISTRATIVO SEVILLA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
TS SOCIAL
SEVILLA
SOPORTE
GERENCIA
ADMINISTRATIVO

SCSASAJL

163

SCSASG

170

SOPORTE
ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
ADMINISTRATIVO GENERAL

SCTSESR

190

TS EDIFICIOS

ÁREA DE OPERACIONES

SECCIÓN

EQUIPO

LUGAR DE
TRABAJO

SECCIÓN DE GESTIÓN

DP JAÉN

SECCIÓN DEL SERVICIO DE
VIVIENDA PUBLICA

DP MÁLAGA

SECCIÓN DE GESTIÓN

DP SEVILLA

SECCIÓN DEL SERVICIO DE
VIVIENDA PUBLICA
SECCIÓN DE ASESORÍA
JURÍDICA
SECCIÓN DE SERVICIOS
GENERALES, COORDINACIÓN
Y CONTRATACIÓN
SECCIÓN DE REHABILITACIÓN
DE EDIFICIOS

DP SEVILLA
EQUIPO DE LO
LITIGIOSO

SSCC
SSCC
SSCC

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado por
la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones
exigidas para el acceso a la plaza a la que opten, referidos a la fecha de publicación en
el BOJA de la convocatoria de selección, y mantenerlos hasta la fecha de adscripción
al puesto de trabajo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por
inexactitudes o falsedades en la documentación presentada que, además, dará lugar a la
expulsión del proceso de selección.
2. Los requisitos exigidos para el acceso a la condición de personal indefinido
ordinario en las 203 plazas convocadas son los siguientes:
A) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea.
También podrán participar:
Los cónyuges de españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la Unión
Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de
derecho. En las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su
cónyuge, siempre que vivan a su cargo y sean menores de veintiún años o mayores de
dicha edad aún dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
Las personas extranjeras que, no estando incluidas en los párrafos anteriores, se
encuentren con residencia legal en España.
B) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se
refiere el artículo 205.1.a) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación
con la Disposición Transitoria Séptima de la misma norma.
C) Estar en posesión de la titulación académica oficial exigida según el grupo
profesional al que corresponda la plaza a la que se opte y que se detalla en el Anexo II de
la presente resolución.
Las titulaciones académicas oficiales se acreditarán con el título expedido, con la
certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia
expedida por el Ministerio competente en materia de educación.
A estos efectos, deberá incorporarse copia electrónica auténtica del título académico
oficial o, en su defecto, copia del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274823

Las plazas no cubiertas por personas con discapacidad serán acumuladas a las del
cupo general en la presente convocatoria.