Autoridades y personal. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/535-32)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por la que se da publicidad a la convocatoria única y excepcional para el proceso selectivo de estabilización del empleo público.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21625/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Agencia de Vivienda y
Rehabilitación de Andalucía, por la que se da publicidad a la convocatoria única
y excepcional para el proceso selectivo de estabilización del empleo público.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban
los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la
selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se
dispone la publicación de la resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de
empleo temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo
por debajo del 8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público
especial que no consume tasa de reposición para, según lo previsto en el artículo 2.1,
incluir en ella aquellas plazas de naturaleza estructural que, estando o no dentro
de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de
recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas
y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente con anterioridad a 1 de enero de 2016, conforme a la disposición
adicional sexta. Además, se han de incluir aquellas plazas vacantes de carácter estructural
ocupadas de forma temporal con anterioridad a 1 de enero de 2016, según se regula en la
disposición adicional octava. En ambos casos, estas convocatorias deberán ser reguladas
a través del procedimiento de concurso de méritos según lo establecido en la disposición
citada y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.7 del Estatuto Básico del Empleado
Público.
En el artículo 2.2 de la Ley 20/2021 se establece que las ofertas de empleo que
articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo
proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios
oficiales antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinados por las Administraciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274823

«RESOLUCIÓN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2022, DEL GERENTE DE LA
AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA, POR LA QUE
SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO Y SE APRUEBAN LAS BASES DE LA
CONVOCATORIA ÚNICA Y EXCEPCIONAL PARA EL ACCESO A LA CONDICIÓN
DE PERSONAL LABORAL INDEFINIDO ORDINARIO, POR EL SISTEMA
DE CONCURSO DE MÉRITOS CONTEMPLADO EN LAS DISPOSICIONES
ADICIONALES SEXTA Y OCTAVA DE LA LEY 20/21, DE 28 DE DICIEMBRE, DE
MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL
EMPLEO PÚBLICO, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL EN LAS ENTIDADES
INSTRUMENTALES Y CONSORCIOS DEL SECTOR PÚBLICO ANDALUZ PARA EL
AÑO 2022, APROBADO MEDIANTE EL DECRETO 90/2022, DE 31 DE MAYO