Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-12)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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procedimientos y se adoptan, con carácter temporal, medidas en materia de selección de
personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía.
El concurso consistirá en la valoración, por el Tribunal Calificador y con arreglo al
baremo contenido en el Anexo II de la presente convocatoria, de los méritos que acrediten
las personas aspirantes, en los términos establecidos en las bases generales, conforme
al Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre.
2. Sistema de acceso.
2.1. El sistema de acceso previsto es el sistema de acceso libre.
2.2. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el cupo de
discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas
no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas se acumularán a las del cupo general en
las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia, respetándose,
en todo caso, la correspondiente tasa de reposición prevista en la legislación básica
estatal.

4. Solicitudes y documentación.
4.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales aportando,
junto con la solicitud de participación, la documentación acreditativa de los requisitos de
participación relacionados en el apartado 5.1.2 de las bases generales que contempla los
referidos a la Nacionalidad y la Titulación requerida para el acceso.
4.2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de 10 días
hábiles, a contar desde el día 1 de febrero de 2023, inclusive.
4.3 Tasa por inscripción en la convocatoria: De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 252 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), quienes se
inscriban como aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción en la cuantía
recogida en el Anexo V de esta resolución, cuyo hecho imponible lo constituye la
presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. No obstante, en aplicación
de las previsiones del art. 12 de la citada Ley 10/2021, de 28 de diciembre, la presentación
y pago telemáticos de la solicitud dará lugar una bonificación del 10% sobre la cuota a
ingresar por cada autoliquidación presentada, con un límite mínimo de bonificación de
tres euros.
4.4. La tasa por inscripción en la convocatoria puede ser abonada de alguna de las
formas que dispone el apartado 5.5.1 de las bases generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan en las bases
generales, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos
durante todo el proceso selectivo hasta, en su caso, el momento de la toma de posesión
de la plaza adjudicada.
3.2. Asimismo, deberán ostentar la titulación exigida para el acceso a la
correspondiente categoría/cuerpo a la que se opta, expedido por el Ministerio competente
en materia de Educación, o por los órganos competentes de los países citados en el
apartado 4.1.2 de las bases generales, o estar en condiciones de obtenerlo habiendo
finalizado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de presentación de
solicitudes. En el supuesto de titulaciones obtenidas fuera de España, deberá aportarse la
credencial de reconocimiento, homologación o validación según proceda, de la titulación
expedida por el Ministerio competente en materia de Educación español.
El requisito de titulación exigido para cada categoría/cuerpo y especialidad convocada
por la presente resolución se recoge como Anexo IV a esta convocatoria.