Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-12)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21704/2

Tercero. Reservar, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y en las condiciones que se establecen
en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención
a las Personas con Discapacidad en Andalucía, y de acuerdo con lo establecido en el
artículo 30.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los servicios de salud, en el artículo 4, apartados 3 y 4, del Decreto 136/2001,
de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y
de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud,
y en el artículo 3 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la
promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad
en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, el 10%
de las plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como
tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General
de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. De estas, se
reserva un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual,
para determinadas categorías, y un 1% para personas con enfermedad mental que
acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que superen los
procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de
las tareas.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de diciembre de 2022.- La Directora General, Carmen Bustamante Rueda.
ANEXO I

1. Sistema selectivo.
El sistema selectivo para ingresar en la categoría/cuerpo convocada será el
establecido en el apartado 2 de las bases generales aprobadas por Resolución de 21
de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir
los procesos selectivos de concurso por el sistema de acceso libre para cubrir plazas
básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo
Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas mediante el
Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, conforme a lo dispuesto en
la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y en el artículo 6 del Decretoley 12/2002, de 29 de noviembre de 2022, por el que se regulan los procesos selectivos
derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, se establecen medidas de utilización de dichos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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