Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-24)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud (FIMABIS), por la que se convoca con carácter excepcional proceso selectivo de concurso-oposición para estabilizacion de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación del puesto, las funciones
desarrolladas y el periodo de tiempo en el que las ha desarrollado.

12. Resolución del proceso selectivo.
La Comisión de Selección verificará la puntuación obtenida durante la fase de
oposición y la puntuación indicada y acreditada por los autobaremos de la fase de
concurso de méritos presentados por las personas aspirantes en la solicitud de
participación.
En cuanto a la fase de concurso de méritos, la autobaremación alegada por la persona
aspirante en la solicitud de participación vinculará a la Comisión en el sentido de que el mismo
solo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por la persona aspirante, no
pudiendo la Comisión otorgar una puntuación mayor a la asignada por la persona aspirante
en cada uno de los apartados del baremo de méritos, salvo error manifiesto.
La Comisión podrá minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes
en el caso de méritos que no hayan sido valorados conforme al baremo de méritos, por
méritos insuficientemente acreditados o en el caso de apreciar errores aritméticos. En
el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, la Comisión, podrá
trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar un aumento de
la puntuación total autoasignada por la persona aspirante en cada apartado.
Finalizado el proceso de verificación y calificación de las puntuaciones obtenidas por
los aspirantes en las fases de oposición y concurso de méritos, la Comisión publicará
la relación provisional de éstas que, atendiendo a la puntuación provisionalmente
otorgada, pueda ser adjudicatario de uno de los puestos convocados, con indicación de
la puntuación obtenida desglosada conforme a la fase de oposición y fase de concurso
de méritos (distinguiendo experiencia profesional y otros méritos).
Contra dicha relación provisional podrán presentarse alegaciones ante La Comisión
de Selección en el plazo de 5 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la
publicación. Estas se realizarán exclusivamente de forma telemática.
En el caso en el que no hayan sido presentadas alegaciones al anterior listado, dentro
del plazo de 5 días hábiles la Comisión hará pública la relación definitiva de personas
que, atendiendo a la puntuación total definitiva otorgada, puedan ser adjudicatarias de
uno de los puestos de trabajo convocados, con la expresión de la puntuación obtenida en
cada uno de los apartados establecidos en la presente resolución.
En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo, en
primer lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral en la entidad
convocante en puestos cuyo contenido funcional se corresponda al del puesto convocado
y, en segundo lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral en la
entidad convocante, con independencia del puesto.
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate, se
aplicarán, sucesivamente si proceden y hasta donde resulten necesarios, los siguientes
criterios de desempate:
- Tiempo total de servicios prestados como personal laboral en las administraciones
públicas así como en otras entidades del sector público distinta a la convocante, con
independencia del puesto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274646

11. Presentacion de los méritos alegados.
Los méritos alegados en la autobaremación deberán acreditarse documentalmente
en los términos indicados en la Base 10, en el momento de presentar la solicitud para el
presente concurso, salvo cuando se justifique que no se dispone de ellos por causa ajena
a la voluntad de la persona aspirante, siempre que La Comisión de Selección lo acepte,
en cuyo caso se permitirá que lo presente cuando lo tenga disponible, y durante el plazo
de presentación de alegaciones.
Las personas aspirantes quedaran vinculadas a los datos expresados en la
autobaremación (Anexo IV) presentada junto a la solicitud.