Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-64)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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Por resolución de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se
habilitará el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a partir
del día siguiente al de la publicación de la referida resolución en el citado Boletín Oficial,
para cada categoría profesional.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página web de Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en
tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la no consideración del mismo y
la imposibilidad de participar en el proceso selectivo. Las personas aspirantes quedarán
vinculadas por los datos expresados en el formulario de participación, sin que puedan
efectuar modificación alguna en el mismo una vez finalizado el plazo de participación
recogido en el presente apartado, sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo
dentro de plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto.
Una vez realizada la presentación telemática se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, fecha y hora que
acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo, así como la puntuación
total de su autobaremo según categoría y tipo de oferta. Dicho justificante servirá de
acreditación de su correcta presentación.
2. Las personas participantes harán constar el turno por el que concurren, libre o
de reserva a personas con discapacidad general o enfermedad mental. Únicamente se
podrá optar a un turno por categoría.
3. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Título académico oficial y demás requisitos de acuerdo con lo exigido en la base
segunda, según se especifican en el Anexo III.
Las titulaciones académicas oficiales de carácter universitario se acreditarán con
el título expedido, con la certificación supletoria provisional o con la credencial de
homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente.
b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con enfermedad mental,
Dictamen Técnico Facultativo que determine reconocimiento de enfermedad mental.
En los casos en los que los documentos relacionados en las letras b) y c) deban
ser expedidos por los órganos competentes de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de la Junta de Andalucía no resultará
necesaria la incorporación del mismo, siempre que la persona aspirante no se oponga
a la comprobación de estos requisitos a la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública. En caso de oposición o cuando la documentación (certificados de
discapacidad, resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social o dictámenes
técnicos facultativos) haya de ser expedida por órganos con competencia en la materia
de otras Administraciones Públicas, dichos documentos deberán ser inexcusablemente
aportados junto con la solicitud de participación.
d) Acreditación del pago de la tasa de inscripción o estar la persona exenta del pago
de la misma en los términos recogidos en la base quinta.
e) Documentación acreditativa de los méritos autobaremados en los términos
recogidos en la base séptima.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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