Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-64)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos I y II, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
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de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo por medios electrónicos en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas.
5. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
6. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este
supuesto, las personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino,
según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas
en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con
discapacidad.
7. Por resolución/es de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará/n en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación de
plazas para que las personas seleccionadas, de forma telemática a través de la web del
Emplead@, realicen en un plazo de diez días hábiles petición de destinos y presenten la
documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente.
8. En los términos expresados en el apartado anterior, las personas aspirantes, junto
con la petición de destinos, incorporarán la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separadas mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido
separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o
la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable,
la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo
declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales
hechos, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier índole a que hubiera lugar.
b) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
válidos bien certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274569
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo por medios electrónicos en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas.
5. A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
6. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este
supuesto, las personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino,
según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas
en el turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con
discapacidad.
7. Por resolución/es de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
que se publicará/n en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará relación de
plazas para que las personas seleccionadas, de forma telemática a través de la web del
Emplead@, realicen en un plazo de diez días hábiles petición de destinos y presenten la
documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente.
8. En los términos expresados en el apartado anterior, las personas aspirantes, junto
con la petición de destinos, incorporarán la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no haber sido separadas mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido
separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o
información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o
la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable,
la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo
declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales
hechos, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier índole a que hubiera lugar.
b) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
válidos bien certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274569
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