Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-63)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario de 2020 y 2021, así como de estabilización de 2021 y 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21279/5

a lo establecido en la base quinta de esta convocatoria. Estarán exentos de justificación
documental aquellas condiciones y requisitos recogidos en el apartado anterior que,
conforme al Reglamento Regulador del Registro General de Personal de la Junta de
Andalucía, consten inscritos en el mismo.

Cuarta. Solicitudes.
1. La participación y la autobaremación de méritos, una por categoría profesional
interesada, se ajustarán al modelo oficial referido en el Anexo I de la presente resolución,
e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y
Función Pública.
Por resolución de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos
y Función Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se
habilitará el plazo de presentación de solicitudes, que será de diez días hábiles a partir
del día siguiente al de la publicación de la referida resolución en el citado Boletín Oficial,
para cada Grupo profesional.
Dicha participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la
página Web del Emplead@ (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/), de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274440

Tercera. Participación por cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.
1. Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
1.1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva para personas con discapacidad general o
por el cupo de reserva para personas con enfermedad mental. Si no se hace constar este
dato se entenderá que se opta por el turno libre.
1.2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas, ya sea esta documentación certificado de discapacidad o
resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública mediante consulta al citado órgano,
salvo oposición expresa de la persona interesada en la correspondiente solicitud de
participación. En el caso de que el reconocimiento no corresponda a órgano competente
de la Junta de Andalucía, habrá de aportarse en todo caso documento acreditativo.
2. En el supuesto de participar por el cupo reservado a personas con enfermedad
mental, habrá de incorporarse por la persona aspirante dictamen técnico facultativo que
determine reconocimiento de enfermedad mental. En los casos en que la expedición de
este dictamen corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia
de este requisito será comprobada de oficio por la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, mediante consulta al citado órgano, salvo oposición expresa
de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación. En el caso de
que su expedición no corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, habrá
de aportarse en todo caso dictamen técnico facultativo.