Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-63)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca, por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario de 2020 y 2021, así como de estabilización de 2021 y 2022.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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TITULACIÓN/CERTIFICADO PROFESIONALIDAD/EXPERIENCIA PROFESIONAL/FORMACIÓN
LABORAL OTROS REQUISITOS

TASA

DIRECCIÓN DE COCINA

Técnico Superior en Dirección en Cocina, o Certificado de Profesionalidad HOTR0110 (Dirección y
Producción en Cocina).
En su defecto, bastará acreditar un período mínimo de experiencia profesional de 3 meses en la
categoría profesional concreta, adquirida en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía antes del 31 de diciembre de 2016.

15,16

ENCARGADO/A

Titulación académica del nivel requerido (Bachiller o equivalente o Formación Profesional de Grado
Superior) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo
por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las
establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que
integran este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando
se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al
menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha
categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de
al menos 300 horas.

15,16

ENCARGADO/A DE
ALMACÉN

Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing, o Técnico Superior en Administración y Finanzas.
En su defecto, bastará acreditar un período mínimo de experiencia profesional de 3 meses en la
categoría profesional concreta, adquirida en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía antes del 31 de diciembre de 2016.

15,16

ENCARGADO/A DE ARTES
GRÁFICAS

Titulación académica del nivel requerido (Bachiller o equivalente o Formación Profesional de Grado
Superior) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo
por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las
establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que
integran este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando
se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al
menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha
categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de
al menos 300 horas.

15,16

JEFE/A DE SERVICIOS
TÉCNICOS Y/O
MANTENIMIENTO

Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones, de Edificio y Proceso, así como sus
equivalentes.
En su defecto, bastará acreditar un período mínimo de experiencia profesional de 3 meses en la
categoría profesional concreta, adquirida en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía antes del 31 de diciembre de 2016.

15,16

MONITOR/A ESCOLAR

Técnico Superior en Administración y Finanzas o Técnico Superior en Animación Sociocultural
o Certificados de profesionalidad Asistencia Documental y de Gestión en Despachos y Oficinas
(ADGG0308), Asistencia a la Dirección (ADGG0108), o Dirección y Coordinación de Actividades de
Tiempo Libre Educativo Infantil y Juvenil (SSCB0211).
En su defecto, bastará acreditar un período mínimo de experiencia profesional de 3 meses en la
categoría profesional concreta, adquirida en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía antes del 31 de diciembre de 2016.

OFICIAL PRIMERA DE
OFICIOS

Titulación académica del nivel requerido (Bachiller o equivalente o Formación Profesional de Grado
Superior) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo
por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las
establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que
integran este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando
se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al
menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha
categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de
al menos 300 horas.

15,16

OPERADOR/A DE
ORDENADOR

Titulación académica del nivel requerido (Bachiller o equivalente o Formación Profesional de Grado
Superior) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo
por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las
establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que
integran este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando
se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al
menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha
categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de
al menos 300 horas.

15,16

PERSONAL
ADMINISTRATIVO

Titulación académica del nivel requerido (Bachiller o equivalente o Formación Profesional de Grado
Superior) o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de trabajo
por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones análogas a las
establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones descritas en las categorías que
integran este Grupo. Se entenderá que se está en posesión de la formación laboral equivalente cuando
se hubiese demostrado experiencia profesional específica en la categoría profesional concreta de al
menos tres meses, o superado curso de formación profesional directamente relacionado con dicha
categoría, impartido por centro oficial reconocido para dicho cometido, con una duración efectiva de
al menos 300 horas.

15,16

CATEGORÍAS

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

15,16

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274440

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía