Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-7)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21608/6

La solicitud de participación para el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones
Sanitarias de la Junta de Andalucía, especialidades Farmacia y Veterinaria deberá
formularse, a través de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, apartado
Catálogo de Procedimientos y Servicios, procedimiento 25125 «Selección de Personal
de personal Funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias en
Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud»
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25125.html
cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de
solicitud de participación.
Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y
clave de acceso).
5.1.1. Las personas aspirantes que se encuentren en alguno de los siguientes
supuestos deberán cumplimentar en el proceso de inscripción, el formulario
correspondiente al aporte de los documentos electrónicos y/o autorizaciones que a
continuación se especifican:
- Si se solicita participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad o se
solicita acogerse a la exención del abono de la tasa, para que la persona aspirante sea
admitida, deberá hacerlo constar expresamente en su solicitud y acreditarlo mediante
el certificado, o tarjeta acreditativa, del grado de discapacidad emitido por el órgano
competente en esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras
Administraciones Públicas. Para el Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias
de la Junta de Andalucía, el certificado ha de especificar el grado de discapacidad que
padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas
convocadas, conforme se dispone en el artículo 21 del Decreto 70/2008, de 26 de febrero
(BOJA núm. 52, de 14 de marzo).
Dicho certificado o tarjeta se debe encontrar vigente a la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias.
En el caso de aquellas personas que opten por participar por el cupo de reserva
para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual
o superior al 33%, deberán hacerlo constar expresamente en su solicitud y acreditarlo
mediante el certificado, o tarjeta acreditativa, del tipo de discapacidad emitido por el
órgano competente en esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de
otras Administraciones Públicas. Dicho certificado o tarjeta se debe encontrar vigente a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
En los casos en que la acreditación de la condición de persona con una discapacidad
igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía,
la persona opositora no tendrá que presentar dicho certificado o tarjeta, ya que la
concurrencia de esta condición será comprobada de oficio por la Dirección General
competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de Salud, en la fase de admisión
de solicitudes. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada salvo oposición
expresa, en cuyo caso deberá acreditarla.
En el supuesto de que la persona aspirante haya solicitado la documentación que se
requiere aportar a la solicitud y que se especifica en esta base y no dispusiera de ésta
en el tiempo establecido deberá adjuntar el documento acreditativo de haberla solicitado
durante el plazo de presentación de instancias. Ello sin perjuicio de que posteriormente,
una vez emitida deba aportarse en la misma forma. En cualquier caso, la documentación
requerida en esta base deberá presentarse antes de la finalización del plazo para formular
alegaciones al listado provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas
selectivas establecido en la base 7.2.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274814

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía