Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-7)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21608/20
En estos supuestos se podrá llevar a cabo la publicación del nombramiento de
aquellos que hayan presentado en tiempo y forma la documentación requerida, sin
esperar a la presentación de documentación por parte de los nuevos aspirantes que se
propongan.
13. Nombramientos y toma de posesión aplicable al Personal Estatutario.
13.1. Finalizado el plazo establecido en la base 11.1, una vez revisada la
documentación requerida en la base 11.2, y comprobado el cumplimiento de los requisitos
exigidos, la persona titular de la Dirección General, competente en materia de personal
dictará resolución por la que se acordará el nombramiento de las personas aspirantes
seleccionadas, con expresión del destino que se les adjudica. La citada resolución se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del Servicio Andaluz
de Salud https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud.
13.2. El plazo de toma de posesión será de un mes, improrrogable, contado a partir
del día siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas
selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino. No
obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, la Dirección General
competente en materia de personal del Servicio Andaluz de Salud, a la vista de las
circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma de posesión.
13.3. En el caso previsto en la base anterior, podrá ser nombrado por orden de
puntuación, el primer aspirante que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su
destino en dicho plazo, siéndoles de aplicación lo dispuesto en la base anterior.
El supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.
13.4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Personal en
el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El recurso potestativo de reposición en vía administrativa deberá presentarse a
través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentado
el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía
administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la
veracidad de los documentos adjuntados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274814
12. Adjudicación de plazas.
12.1. Las plazas se adjudicarán entre las personas que figuren en la relación de
personas aprobadas por el orden de la puntuación obtenida y de acuerdo con la opción
de destino que hubieran hecho conforme a lo dispuesto en las bases 11.3, y sin perjuicio
de lo establecido en la base 11.4.
12.2. Quienes dentro del plazo fijado no soliciten plaza, o no le correspondiese plaza
alguna de entre las efectivamente solicitadas, se les adjudicará alguna de las plazas
ofertadas que queden vacantes tras la adjudicación prevista en el apartado anterior,
siempre que hubiesen acreditado los requisitos exigidos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21608/20
En estos supuestos se podrá llevar a cabo la publicación del nombramiento de
aquellos que hayan presentado en tiempo y forma la documentación requerida, sin
esperar a la presentación de documentación por parte de los nuevos aspirantes que se
propongan.
13. Nombramientos y toma de posesión aplicable al Personal Estatutario.
13.1. Finalizado el plazo establecido en la base 11.1, una vez revisada la
documentación requerida en la base 11.2, y comprobado el cumplimiento de los requisitos
exigidos, la persona titular de la Dirección General, competente en materia de personal
dictará resolución por la que se acordará el nombramiento de las personas aspirantes
seleccionadas, con expresión del destino que se les adjudica. La citada resolución se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del Servicio Andaluz
de Salud https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud.
13.2. El plazo de toma de posesión será de un mes, improrrogable, contado a partir
del día siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas
selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino. No
obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, la Dirección General
competente en materia de personal del Servicio Andaluz de Salud, a la vista de las
circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma de posesión.
13.3. En el caso previsto en la base anterior, podrá ser nombrado por orden de
puntuación, el primer aspirante que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en
la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, decayendo en su derecho quienes no se incorporen a su
destino en dicho plazo, siéndoles de aplicación lo dispuesto en la base anterior.
El supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.
13.4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Personal en
el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El recurso potestativo de reposición en vía administrativa deberá presentarse a
través de medios electrónicos, debiendo formularse a través de la VEC, cumplimentado
el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía
administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la
veracidad de los documentos adjuntados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274814
12. Adjudicación de plazas.
12.1. Las plazas se adjudicarán entre las personas que figuren en la relación de
personas aprobadas por el orden de la puntuación obtenida y de acuerdo con la opción
de destino que hubieran hecho conforme a lo dispuesto en las bases 11.3, y sin perjuicio
de lo establecido en la base 11.4.
12.2. Quienes dentro del plazo fijado no soliciten plaza, o no le correspondiese plaza
alguna de entre las efectivamente solicitadas, se les adjudicará alguna de las plazas
ofertadas que queden vacantes tras la adjudicación prevista en el apartado anterior,
siempre que hubiesen acreditado los requisitos exigidos.