Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-21)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria de Andalucía Oriental-Alejandro Otero, por la que se convoca con carácter excepcional concurso de méritos para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21301/7

A) MERITOS PROFESIONALES: PUNTUACION MÁXIMA 60 PUNTOS.
Este parámetro consistirá en la valoración de lo siguiente:
a) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de la entidad
convocante, cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado. Se
valorará con 0,56 puntos por mes de experiencia.
b) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de
administraciones públicas (incluidas las de los Estados Miembros de la Unión Europea),
así como en otras entidades del sector público distinta a la convocante, cuyo contenido
funcional sea homólogo al del puesto convocado. Se valorará con 0,224 puntos por mes
de experiencia.
Se considerarán puestos cuyo contenido funcional se corresponde al puesto
convocado aquellos en los que se desarrollen al menos cuatro de las cinco funciones
definidas en la descripción del puesto, independientemente de la denominación del
mismo. Así, se valorará cada periodo de tiempo en el desempeño de cada puesto según
el siguiente factor de corrección:
• Similitud completa. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a las 5 funciones principales recogidas en los Anexos
I y II. Se aplicará un factor de corrección de 1 al tiempo acreditado con independencia de
la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
• Alto (4/5 Funciones). Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a 4 de las 5 funciones principales recogidas en
el Anexos I y II. Se aplicará un factor de corrección de 0,8 al tiempo acreditado con
independencia de la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
• Insuficiente. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a menos de 4 de las 5 funciones principales recogidas
en el Anexos I y II. No se considerará que el puesto tiene un contenido funcional
suficientemente similar al del puesto convocado y se aplicará un factor de corrección de
0 al tiempo acreditado con independencia de la entidad en la que se haya desempeñado
el puesto.
Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes. A estos efectos,
no se considerará jornada a tiempo parcial la reducción del 10% de jornada y salario que
fue impuesto a los empleados del sector público de la Junta de Andalucía con contratos
temporales o indefinidos no fijos, por aplicación de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el
reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía.
La puntuación máxima que se podrá obtener por este parámetro ascenderá a un
máximo de 60 puntos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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El sistema selectivo será el concurso, en el que se valorarán los méritos profesionales
que supondrán el 60% del total de la puntuación y otros méritos que supondrán un 40%
de la puntuación total.
Todos los méritos deberán poseerse en el momento de publicación de la convocatoria
del proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente durante el plazo de presentación de solicitudes.
El baremo de los méritos profesionales y otros méritos alegados se llevará a cabo de
acuerdo con los siguientes criterios: