Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-21)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Investigación Biosanitaria de Andalucía Oriental-Alejandro Otero, por la que se convoca con carácter excepcional concurso de méritos para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21301/3
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los
Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el
artículo 2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Cumplir con los requisitos mínimos previstos en cada una de las plazas convocadas
conforme a lo establecido en los Anexos I y II:
Titulación académica: Estar en posesión de la titulación necesaria para el desarrollo
de la plaza convocada.
La acreditación de estar en posesión de una titulación universitaria supondrá el
cumplimiento del requisito de la titulación académica en todas aquellas plazas en las que
se exige como nivel de estudios Bachillerato o Ciclo Formativo.
Si durante el plazo para presentar la solicitud, el/la aspirante no tuviera el título
oficial, pero hubiera cumplido todas las exigencias académicas y administrativas para su
emisión, se considerará valido el certificado de abono de los derechos de expedición del
título u otro documento oficial que acredite el cumplimiento de dichas exigencias.
Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de citar
la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la
certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de títulos
académicos, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la
credencial que acredite, en su caso, la homologación. Asimismo, se considerará válido
el certificado de inicio del proceso de convalidación u homologación, que deberá haber
finalizado en el momento de finalización del proceso selectivo.
Por la especificidad y/o grado de especialización de aquellas plazas indicadas
expresamente en los Anexos I y II, se exigirá adicionalmente como requisito mínimo para
optar a las mismas, la acreditación de estar en posesión de determinados certificados
de profesionalidad o cualificaciones habilitantes imprescindibles para el correcto
desenvolvimiento de dichas plazas.
4. Solicitudes de participación y plazo de presentación.
Para participar en el proceso selectivo las solicitudes se ajustarán al modelo oficial de
solicitud que figura en Anexo III de la presente resolución.
Las solicitudes de participación en el proceso se telemáticamente a través de la Web
de Empleo de FIBAO, habilitada para ello en el siguiente enlace web:
https://www.fibao.es/ofertas.
Deberá adjuntarse toda la documentación en un único archivo pdf que no supere 10
MB de tamaño, y el Excel de Autobaremación cumplimentado.
En caso de aspirante con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al
33% se deberá especificar esta circunstancia en el Anexo III para solicitar su inclusión en
el turno correspondiente.
Los aspirantes que soliciten participar en más de una de las plazas convocadas
vendrán obligados a indicar de forma inequívoca el orden de preferencia de las plazas
a las que aspira en los lugares reseñados para ello en el cuerpo de la solicitud. Los
aspirantes en los que concurran la circunstancia anterior y que no señalen en la forma
referida, el orden de preferencia, serán excluidos de su participación respecto de las
plazas no ordenadas en los términos señalados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274455
Nota: Las personas interesadas podrán presentar su candidatura tantas veces como
necesiten (en caso de existir algún error en las anteriores), sin embargo, solo será válida
la candidatura recibida por última vez antes del fin del plazo de presentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21301/3
e) Tener conocimiento adecuado del castellano, para las personas nacionales de los
Estados miembros de la Unión Europea o en su caso para los supuestos previstos en el
artículo 2.º del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
f) No estar incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad
específicas establecidas en las disposiciones vigentes.
g) Cumplir con los requisitos mínimos previstos en cada una de las plazas convocadas
conforme a lo establecido en los Anexos I y II:
Titulación académica: Estar en posesión de la titulación necesaria para el desarrollo
de la plaza convocada.
La acreditación de estar en posesión de una titulación universitaria supondrá el
cumplimiento del requisito de la titulación académica en todas aquellas plazas en las que
se exige como nivel de estudios Bachillerato o Ciclo Formativo.
Si durante el plazo para presentar la solicitud, el/la aspirante no tuviera el título
oficial, pero hubiera cumplido todas las exigencias académicas y administrativas para su
emisión, se considerará valido el certificado de abono de los derechos de expedición del
título u otro documento oficial que acredite el cumplimiento de dichas exigencias.
Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos habrán de citar
la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar la
certificación expedida por el organismo competente en materia de homologación de títulos
académicos, que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la
credencial que acredite, en su caso, la homologación. Asimismo, se considerará válido
el certificado de inicio del proceso de convalidación u homologación, que deberá haber
finalizado en el momento de finalización del proceso selectivo.
Por la especificidad y/o grado de especialización de aquellas plazas indicadas
expresamente en los Anexos I y II, se exigirá adicionalmente como requisito mínimo para
optar a las mismas, la acreditación de estar en posesión de determinados certificados
de profesionalidad o cualificaciones habilitantes imprescindibles para el correcto
desenvolvimiento de dichas plazas.
4. Solicitudes de participación y plazo de presentación.
Para participar en el proceso selectivo las solicitudes se ajustarán al modelo oficial de
solicitud que figura en Anexo III de la presente resolución.
Las solicitudes de participación en el proceso se telemáticamente a través de la Web
de Empleo de FIBAO, habilitada para ello en el siguiente enlace web:
https://www.fibao.es/ofertas.
Deberá adjuntarse toda la documentación en un único archivo pdf que no supere 10
MB de tamaño, y el Excel de Autobaremación cumplimentado.
En caso de aspirante con discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al
33% se deberá especificar esta circunstancia en el Anexo III para solicitar su inclusión en
el turno correspondiente.
Los aspirantes que soliciten participar en más de una de las plazas convocadas
vendrán obligados a indicar de forma inequívoca el orden de preferencia de las plazas
a las que aspira en los lugares reseñados para ello en el cuerpo de la solicitud. Los
aspirantes en los que concurran la circunstancia anterior y que no señalen en la forma
referida, el orden de preferencia, serán excluidos de su participación respecto de las
plazas no ordenadas en los términos señalados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274455
Nota: Las personas interesadas podrán presentar su candidatura tantas veces como
necesiten (en caso de existir algún error en las anteriores), sin embargo, solo será válida
la candidatura recibida por última vez antes del fin del plazo de presentación.