Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-19)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla, por la que se convoca, con carácter excepcional, concurso de méritos para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21227/7

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Selección se
centralizará en la sede principal de FISEVI, sita en Avda. Manuel Siurot, s/n, Edificio de
Laboratorios, 6.ª planta, 41013 de Sevilla. Se le podrán hacer llegar comunicaciones a
través del correo electrónico: estabilizacion.fisevi@juntadeandalucia.es.
Previa decisión de la persona que Presida la Comisión de Selección, se constituirá
la misma con la asistencia de la mayoría de sus miembros. La Comisión de Selección
acordará, por mayoría de las personas miembros que lo componen, todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso de selección.
Las personas miembros de la Comisión de Selección son responsables del estricto
cumplimiento de las bases de la convocatoria.
La Representación Legal de las personas Trabajadoras (RLT) de FISEVI será
invitada a las reuniones de deliberación que efectúe la Comisión en el ámbito de su
representación. Igualmente será informada de cualquier decisión que tome esta Comisión
en la que no haya mediado deliberación. No obstante, a estas reuniones no podrán asistir
aquellas personas miembros que se hayan presentado al proceso de selección de la
plaza a estabilizar.

A) MERITOS PROFESIONALES: PUNTUACION MÁXIMA 60 PUNTOS.
Este parámetro consistirá en la valoración de lo siguiente:
a) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de la entidad
convocante, cuyo contenido funcional se corresponda con el del puesto convocado. Se
valorará con 0,56 puntos por mes de experiencia.
b) Servicios prestados como personal laboral en puestos de trabajo de
administraciones públicas (incluidas las de los Estados Miembros de la Unión Europea),
así como en otras entidades del sector público distinta a la convocante, cuyo contenido
funcional sea homólogo al del puesto convocado. Se valorará con 0,224 puntos por mes
de experiencia.
Se considerarán puestos cuyo contenido funcional se corresponde al puesto
convocado aquellos en los que se desarrollen al menos cuatro de las cinco funciones
definidas en la descripción del puesto, independientemente de la denominación del
mismo. Así, se valorará cada periodo de tiempo en el desempeño de cada puesto según
el siguiente factor de corrección:
- Similitud completa. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a las 5 funciones principales recogidas en los Anexos I
y II. Se aplicará un factor de corrección de 1 al tiempo acreditado con independencia de
la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Alto (4/5 Funciones). Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que
la experiencia en el puesto se refiere a 4 de las 5 funciones principales recogidas en
el Anexos I y II. Se aplicará un factor de corrección de 0,8 al tiempo acreditado con
independencia de la entidad en la que se haya desempeñado el puesto.
- Insuficiente. Cuando en el certificado de servicios prestados se recoja que la
experiencia en el puesto se refiere a menos de 4 de las 5 funciones principales recogidas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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9. Desarrollo del concurso de méritos: Calificacion de los méritos alegados.
El sistema selectivo será el concurso, en el que se valorarán los méritos profesionales
que supondrán el 60% del total de la puntuación y otros méritos que supondrán un 40%
de la puntuación total.
Todos los méritos deberán poseerse en el momento de publicación de la convocatoria
del proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente durante el plazo de presentación de solicitudes.
El baremo de los méritos profesionales y otros méritos alegados se llevará a cabo de
acuerdo con los siguientes criterios: