Autoridades y personal. Consejería de Salud y Consumo. (2022/535-19)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla, por la que se convoca, con carácter excepcional, concurso de méritos para estabilización de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21227/10
indicándose la denominación del puesto, las funciones desarrolladas y el periodo de
tiempo en el que las ha desarrollado, así como, si procede, las aplicaciones informáticas/
tecnologías cuyo uso sea necesario/habitual para el correcto desempeño de las funciones
de los puestos de trabajo realizados.
Acreditación de discapacidad. La acreditación de la condición se realizará mediante
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en
la que se acredite la calificación de la minusvalía y el grado de la misma, así como la
compatibilidad para el desempeño de las tareas.
12. Resolución del proceso selectivo.
La Comisión de Selección verificará los autobaremos presentados por las personas
aspirantes en la solicitud de participación.
Para la obtención de la condición de persona trabajadora indefinida mediante este
concurso extraordinario de méritos en cualquiera de las plazas, aprobadas mediante
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Junta de Andalucía, las personas aspirantes
deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos, debiendo haber alcanzado,
al menos, 1 punto tanto en la baremación de la experiencia profesional como en otros
méritos.
La autobaremación alegada por la persona aspirante en la solicitud de participación
vinculará a la Comisión en el sentido de que la misma solo podrá valorar los méritos que
hayan sido autobaremados por la persona aspirante, no pudiendo la Comisión otorgar una
puntuación mayor a la asignada por la persona aspirante en cada uno de los apartados
del baremo de méritos, salvo error manifiesto.
La Comisión podrá minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes
en el caso de méritos que no hayan sido valorados conforme al baremo de méritos, por
méritos insuficientemente acreditados o en el caso de apreciar errores aritméticos. En
el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, la Comisión podrá
trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar un aumento de
la puntuación total autoasignada por la persona aspirante en cada apartado.
Finalizado el proceso de verificación y calificación del autobaremo presentado por
las personas aspirantes, la Comisión publicará la relación provisional de estas que,
atendiendo a la puntuación provisionalmente otorgada, pueda ser persona adjudicataria
de uno de los puestos convocados, con indicación de la puntuación obtenida desglosada
conforme al baremo de méritos.
Contra dicha relación provisional podrán presentarse alegaciones ante la Comisión
de Selección en el plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente al de
la publicación. Estas se realizarán, exclusivamente, a través de la dirección de correo
electrónico: estabilizacion.fisevi@juntadeandalucia.es.
En el caso en el que no hayan sido presentadas alegaciones al anterior listado, dentro
del plazo de cinco días hábiles, la Comisión hará pública la relación definitiva de personas
que, atendiendo a la puntuación total definitiva otorgada, puedan ser adjudicatarias de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274392
11. Presentacion de los méritos alegados.
Los méritos alegados en la autobaremación deberán acreditarse documentalmente
en los términos indicados en la base 10 en el momento de presentar la solicitud para el
presente concurso, salvo cuando se justifique que no se dispone de ellos por causa ajena
a la voluntad de la persona aspirante, siempre que la Comisión de Selección lo acepte,
en cuyo caso se permitirá que lo presente cuando lo tenga disponible, y durante el plazo
de presentación de alegaciones.
Las personas aspirantes quedaran vinculadas a los datos expresados en la
autobaremación presentada junto a la solicitud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21227/10
indicándose la denominación del puesto, las funciones desarrolladas y el periodo de
tiempo en el que las ha desarrollado, así como, si procede, las aplicaciones informáticas/
tecnologías cuyo uso sea necesario/habitual para el correcto desempeño de las funciones
de los puestos de trabajo realizados.
Acreditación de discapacidad. La acreditación de la condición se realizará mediante
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en
la que se acredite la calificación de la minusvalía y el grado de la misma, así como la
compatibilidad para el desempeño de las tareas.
12. Resolución del proceso selectivo.
La Comisión de Selección verificará los autobaremos presentados por las personas
aspirantes en la solicitud de participación.
Para la obtención de la condición de persona trabajadora indefinida mediante este
concurso extraordinario de méritos en cualquiera de las plazas, aprobadas mediante
Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Junta de Andalucía, las personas aspirantes
deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos, debiendo haber alcanzado,
al menos, 1 punto tanto en la baremación de la experiencia profesional como en otros
méritos.
La autobaremación alegada por la persona aspirante en la solicitud de participación
vinculará a la Comisión en el sentido de que la misma solo podrá valorar los méritos que
hayan sido autobaremados por la persona aspirante, no pudiendo la Comisión otorgar una
puntuación mayor a la asignada por la persona aspirante en cada uno de los apartados
del baremo de méritos, salvo error manifiesto.
La Comisión podrá minorar la puntuación consignada por las personas aspirantes
en el caso de méritos que no hayan sido valorados conforme al baremo de méritos, por
méritos insuficientemente acreditados o en el caso de apreciar errores aritméticos. En
el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, la Comisión podrá
trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar un aumento de
la puntuación total autoasignada por la persona aspirante en cada apartado.
Finalizado el proceso de verificación y calificación del autobaremo presentado por
las personas aspirantes, la Comisión publicará la relación provisional de estas que,
atendiendo a la puntuación provisionalmente otorgada, pueda ser persona adjudicataria
de uno de los puestos convocados, con indicación de la puntuación obtenida desglosada
conforme al baremo de méritos.
Contra dicha relación provisional podrán presentarse alegaciones ante la Comisión
de Selección en el plazo de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente al de
la publicación. Estas se realizarán, exclusivamente, a través de la dirección de correo
electrónico: estabilizacion.fisevi@juntadeandalucia.es.
En el caso en el que no hayan sido presentadas alegaciones al anterior listado, dentro
del plazo de cinco días hábiles, la Comisión hará pública la relación definitiva de personas
que, atendiendo a la puntuación total definitiva otorgada, puedan ser adjudicatarias de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274392
11. Presentacion de los méritos alegados.
Los méritos alegados en la autobaremación deberán acreditarse documentalmente
en los términos indicados en la base 10 en el momento de presentar la solicitud para el
presente concurso, salvo cuando se justifique que no se dispone de ellos por causa ajena
a la voluntad de la persona aspirante, siempre que la Comisión de Selección lo acepte,
en cuyo caso se permitirá que lo presente cuando lo tenga disponible, y durante el plazo
de presentación de alegaciones.
Las personas aspirantes quedaran vinculadas a los datos expresados en la
autobaremación presentada junto a la solicitud.