Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-59)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, opciones y/o subopciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, y el Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el sistema de concurso-oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21346/11
test con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las 100
primeras preguntas serán ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 100.
Cada acierto se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con
un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte de carácter práctico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección que contendrá 23 preguntas tipo test
con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las 20 primeras
preguntas serán ordinarias y evaluables y las 3 últimas de reserva.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 20.
Cada acierto se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con
un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la
correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:
La puntuación final del ejercicio será la suma de la puntuación obtenida en ambas
partes, teniendo en cuenta que para aprobar el ejercicio serán necesarios 60 puntos.
No obstante, en el caso de que el número de personas que apruebe el ejercicio fuese
menor que el número de plazas convocadas, la comisión de selección podrá acordar, con
anterioridad a la identificación nominal de las personas participantes, que la puntuación
necesaria para aprobar el ejercicio sea inferior a 60, hasta el mínimo de 45 puntos.
Deberá, en este caso, con la nota de corte, alcanzarse el número de plazas convocadas
o, en su defecto, el mayor número posible de plazas, pudiendo ser superado el número
de plazas convocadas únicamente en caso de empates.
El ejercicio de la fase de oposición será corregido sin que se conozca la identidad de
las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos
de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
2.2. Celebrado el examen, si la comisión de selección debiera anular una o varias
preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo la sustitución de las anuladas, a
efectos de su evaluación por otras tantas de reserva, por su orden.
2.3. Tras la realización del ejercicio, la comisión de selección hará pública en la
página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica
la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá
carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días
hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional,
para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas
en cuenta por parte de la comisión de selección se hará pública con la lista de personas
aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que
no se mencionen en la citada publicación.
En caso de que la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas
ordinarias, acordará la sustitución de las anuladas, a efectos de su evaluación por otras
tantas de reserva, por su orden.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total
de preguntas evaluables establecidas en el subapartado 2.1 de esta base, y a fin de
garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el
ejercicio, la comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto
prevista en los párrafos precedentes de este apartado.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son
recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274513
Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de
preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21346/11
test con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las 100
primeras preguntas serán ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 100.
Cada acierto se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con
un tercio del valor de una respuesta acertada.
La segunda parte de carácter práctico consistirá en contestar por escrito un
cuestionario elaborado por la comisión de selección que contendrá 23 preguntas tipo test
con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las 20 primeras
preguntas serán ordinarias y evaluables y las 3 últimas de reserva.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 20.
Cada acierto se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con
un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la
correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:
La puntuación final del ejercicio será la suma de la puntuación obtenida en ambas
partes, teniendo en cuenta que para aprobar el ejercicio serán necesarios 60 puntos.
No obstante, en el caso de que el número de personas que apruebe el ejercicio fuese
menor que el número de plazas convocadas, la comisión de selección podrá acordar, con
anterioridad a la identificación nominal de las personas participantes, que la puntuación
necesaria para aprobar el ejercicio sea inferior a 60, hasta el mínimo de 45 puntos.
Deberá, en este caso, con la nota de corte, alcanzarse el número de plazas convocadas
o, en su defecto, el mayor número posible de plazas, pudiendo ser superado el número
de plazas convocadas únicamente en caso de empates.
El ejercicio de la fase de oposición será corregido sin que se conozca la identidad de
las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos
de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
2.2. Celebrado el examen, si la comisión de selección debiera anular una o varias
preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo la sustitución de las anuladas, a
efectos de su evaluación por otras tantas de reserva, por su orden.
2.3. Tras la realización del ejercicio, la comisión de selección hará pública en la
página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica
la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá
carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días
hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional,
para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas
en cuenta por parte de la comisión de selección se hará pública con la lista de personas
aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que
no se mencionen en la citada publicación.
En caso de que la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas
ordinarias, acordará la sustitución de las anuladas, a efectos de su evaluación por otras
tantas de reserva, por su orden.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total
de preguntas evaluables establecidas en el subapartado 2.1 de esta base, y a fin de
garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el
ejercicio, la comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto
prevista en los párrafos precedentes de este apartado.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son
recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de
preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.