Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/535-60)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, especialidades y opciones de la Administración General de la Junta de Andalucía para estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 91/2022, de 31 de mayo, y el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el sistema de concurso.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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2. Del total de plazas convocadas se reservarán, para ser cubiertas por personas
cuya discapacidad sea de grado igual o superior al 33%, las que se indican en la columna
«Cupo discapacidad» del cuadro incluido en el apartado anterior, distribuidas entre los
distintos cuerpos, especialidades y opciones.
En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad,
se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no
cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas serán acumuladas a las del cupo general en
las respectivas convocatorias en las que se produzca dicha circunstancia.
3. A los procesos selectivos les resultará de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de
noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre,
de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, Decretoley 12/2022, de 29 de noviembre, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, el Decreto 2/2002, de 9 de enero, del Reglamento General de Ingreso,
promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, el Decreto 93/2006,
de 9 de mayo, que regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de
trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General
de la Junta de Andalucía, el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta
de Andalucía, la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se delegan competencias
en diversos órganos de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
Interior y se publicitan delegaciones de competencias y delegaciones de firma de otros
órganos, el Decreto 263/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General
de la Junta de Andalucía para 2021, el Decreto 91/2022, de 31 de mayo, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la
Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2022, y las bases de la
presente convocatoria.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
1. Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos de acceso libre
para acceder a los cuerpos, especialidades u opciones convocados, deberán reunir los
siguientes requisitos:
1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la
Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de
Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274528

4. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que
participen en el procedimiento o a las personas interesadas en el mismo, se expondrá al
público en la web del empleado público (https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico).