Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/535-65)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, del Consorcio Fernando de los Ríos, por la que se aprueban las bases y se convoca el proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema del concurso de méritos, en los puestos de trabajo adscritos a dicho consorcio, recogidos en la oferta de empleo público extraordinario 2022, aprobada por el Decreto 90/2022, para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21403/6
En el supuesto de experiencia profesional adquirida fuera del ámbito del Consorcio
Fernando de los Ríos se acreditará mediante la aportación del Informe de vida laboral
al que se unirá los contratos, nóminas o certificado expedido por la Administración
pública contratante acreditativo de esos servicios previos prestados. En su caso, durante
el proceso de valoración se podrá requerir a la persona participante la incorporación
del convenio colectivo donde se recojan las funciones desarrolladas en la categoría
profesional o documento análogo.
Estarán exentos de justificación documental aquellos méritos alegados relativos a la
experiencia profesional en el Consorcio Fernando de los Ríos, conforme a lo dispuesto
en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Se inadmitirán las solicitudes que no hayan sido debidamente cumplimentadas y, a
efectos de valoración de méritos, sólo se tendrá en cuenta los alegados y acreditados en
el plazo establecido para la presentación de la solicitud.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma acompañada de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos conforme al apartado anterior
supondrá la exclusión definitiva de la persona solicitante.
De los documentos acreditativos a aportar se podrán presentar copias simples de
cuya veracidad responderá la persona solicitante.
El mero hecho de presentarse a esta convocatoria implica la aceptación de todas y
cada una de las normas de ésta.
b) Para la valoración de la formación académica: Las de carácter universitario, con
el original o copia simple del título expedido, con la certificación supletoria provisional o
con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente;
los no universitarios, con el título expedido o con la certificación emitida por la autoridad
competente según la normativa que le resulte de aplicación.
Para la formación complementaria: Con original o copia simple del título o certificado
del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el
número de horas lectivas. La documentación acreditativa de los méritos autobaremados
deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos en el
autobaremo (Anexo III).
Relación de personas admitidas e inadmitidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y revisadas las mismas, se
hará pública en la web del Consorcio Fernando de los Ríos, así como en el portal de
transparencia de la Junta de Andalucía la resolución del Director General del Consorcio
Fernando de los Ríos declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en la
web del Consorcio Fernando de los Ríos.
La publicación de los actos relacionados con la presente convocatoria sustituirá a
la notificación surtiendo los mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que dentro del plazo de 10 días desde la publicación de
las listas no aleguen contra su eventual exclusión u omisión, justificando su derecho a
estar incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del
proceso de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274575
B) Publicación de listados provisionales.
Serán admitidos a participar en el proceso selectivo todos aquellos aspirantes que
acrediten debidamente los requisitos expuestos en el apartado 3 de estas bases y hayan
presentado su solicitud de participación en la forma y plazo establecidos también en las
mismas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21403/6
En el supuesto de experiencia profesional adquirida fuera del ámbito del Consorcio
Fernando de los Ríos se acreditará mediante la aportación del Informe de vida laboral
al que se unirá los contratos, nóminas o certificado expedido por la Administración
pública contratante acreditativo de esos servicios previos prestados. En su caso, durante
el proceso de valoración se podrá requerir a la persona participante la incorporación
del convenio colectivo donde se recojan las funciones desarrolladas en la categoría
profesional o documento análogo.
Estarán exentos de justificación documental aquellos méritos alegados relativos a la
experiencia profesional en el Consorcio Fernando de los Ríos, conforme a lo dispuesto
en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Se inadmitirán las solicitudes que no hayan sido debidamente cumplimentadas y, a
efectos de valoración de méritos, sólo se tendrá en cuenta los alegados y acreditados en
el plazo establecido para la presentación de la solicitud.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma acompañada de la documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos conforme al apartado anterior
supondrá la exclusión definitiva de la persona solicitante.
De los documentos acreditativos a aportar se podrán presentar copias simples de
cuya veracidad responderá la persona solicitante.
El mero hecho de presentarse a esta convocatoria implica la aceptación de todas y
cada una de las normas de ésta.
b) Para la valoración de la formación académica: Las de carácter universitario, con
el original o copia simple del título expedido, con la certificación supletoria provisional o
con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente;
los no universitarios, con el título expedido o con la certificación emitida por la autoridad
competente según la normativa que le resulte de aplicación.
Para la formación complementaria: Con original o copia simple del título o certificado
del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el
número de horas lectivas. La documentación acreditativa de los méritos autobaremados
deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos en el
autobaremo (Anexo III).
Relación de personas admitidas e inadmitidas.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y revisadas las mismas, se
hará pública en la web del Consorcio Fernando de los Ríos, así como en el portal de
transparencia de la Junta de Andalucía la resolución del Director General del Consorcio
Fernando de los Ríos declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en la
web del Consorcio Fernando de los Ríos.
La publicación de los actos relacionados con la presente convocatoria sustituirá a
la notificación surtiendo los mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Las personas aspirantes que dentro del plazo de 10 días desde la publicación de
las listas no aleguen contra su eventual exclusión u omisión, justificando su derecho a
estar incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del
proceso de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274575
B) Publicación de listados provisionales.
Serán admitidos a participar en el proceso selectivo todos aquellos aspirantes que
acrediten debidamente los requisitos expuestos en el apartado 3 de estas bases y hayan
presentado su solicitud de participación en la forma y plazo establecidos también en las
mismas.