Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/34
2. La incoación del procedimiento sancionador corresponde al órgano que tenga
delegada la competencia para resolver el procedimiento de concesión de la subvención.
La instrucción corresponde al órgano instructor del procedimiento de concesión y la
resolución del procedimiento sancionador corresponde a la persona titular de la Secretaría
General con competencias en materia de comercio, que actuará por delegación de la
persona titular de la Consejería con competencias en materia de comercio.
00274817
Artículo 28. Prevención del Fraude.
De acuerdo con la Declaración Institucional contra el fraude de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 11 de abril de 2022, la Consejería va a poner
en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude y la corrupción
basadas en un planteamiento proactivo, estructurado y específico para gestionar el riesgo
de fraude, y encaminadas a disponer de una política de tolerancia cero frente al fraude y
la corrupción.
Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos
de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o
parcialmente con cargo a estos fondos procedentes de la Unión Europea en el marco de
las presentes Bases reguladoras, podrá poner dichos hechos en conocimiento a través
de las siguientes vías:
1. Interponer una denuncia ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción,
sobre hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción o conflictos de
intereses, siguiendo el procedimiento recogido en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18
de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona
denunciante.
2. A través del Canal de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a
fondos europeos del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA):
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
ht t p s: // w w w.i g a e.p a p.h a c i e n d a .g o b.e s /s i t i o s / i g a e /e s - e s /s n c a / D o c u m e nt s /
ComunicacionSNCA06-04-2017Canaldenuncias.pdf
3. A través de la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF). Cualquier
persona puede informar a esta Oficina de sospechas de fraude o corrupción que afecten
a los intereses financieros de la Unión Europea, por medio de los siguientes canales:
• Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF),
Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
• Por correo electrónico a: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
• Por medio de las líneas de teléfono gratuito:+32-2-298.65.38
4. Para denuncias relativas a los fondos procedentes de la ejecución del PRTR, a
través de los siguientes enlaces:
https://planderecuperacion.gob.es/buzon-antifraude - canal- de - denuncias- delmecanismo-para-la-recuperacion-y-resiliencia
h t t p s : / / w w w. i g a e . p a p . h a c i e n d a . g o b . e s / s i t i o s / i g a e / e s - E S / s n c a / P a g i n a s /
ComunicacionSNCA.aspx
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
página 21610/34
2. La incoación del procedimiento sancionador corresponde al órgano que tenga
delegada la competencia para resolver el procedimiento de concesión de la subvención.
La instrucción corresponde al órgano instructor del procedimiento de concesión y la
resolución del procedimiento sancionador corresponde a la persona titular de la Secretaría
General con competencias en materia de comercio, que actuará por delegación de la
persona titular de la Consejería con competencias en materia de comercio.
00274817
Artículo 28. Prevención del Fraude.
De acuerdo con la Declaración Institucional contra el fraude de la Consejería de
Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de 11 de abril de 2022, la Consejería va a poner
en marcha medidas eficaces y proporcionadas de lucha contra el fraude y la corrupción
basadas en un planteamiento proactivo, estructurado y específico para gestionar el riesgo
de fraude, y encaminadas a disponer de una política de tolerancia cero frente al fraude y
la corrupción.
Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos
de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o
parcialmente con cargo a estos fondos procedentes de la Unión Europea en el marco de
las presentes Bases reguladoras, podrá poner dichos hechos en conocimiento a través
de las siguientes vías:
1. Interponer una denuncia ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción,
sobre hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción o conflictos de
intereses, siguiendo el procedimiento recogido en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18
de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona
denunciante.
2. A través del Canal de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a
fondos europeos del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA):
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
ht t p s: // w w w.i g a e.p a p.h a c i e n d a .g o b.e s /s i t i o s / i g a e /e s - e s /s n c a / D o c u m e nt s /
ComunicacionSNCA06-04-2017Canaldenuncias.pdf
3. A través de la Oficina Europea de Lucha contra el fraude (OLAF). Cualquier
persona puede informar a esta Oficina de sospechas de fraude o corrupción que afecten
a los intereses financieros de la Unión Europea, por medio de los siguientes canales:
• Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF),
Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
• Por correo electrónico a: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
• Por medio de las líneas de teléfono gratuito:+32-2-298.65.38
4. Para denuncias relativas a los fondos procedentes de la ejecución del PRTR, a
través de los siguientes enlaces:
https://planderecuperacion.gob.es/buzon-antifraude - canal- de - denuncias- delmecanismo-para-la-recuperacion-y-resiliencia
h t t p s : / / w w w. i g a e . p a p . h a c i e n d a . g o b . e s / s i t i o s / i g a e / e s - E S / s n c a / P a g i n a s /
ComunicacionSNCA.aspx
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja