Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
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de tres años si la financiación es de un importe igual o inferior a 60.000 euros. Se deberá
comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de dispositivo electrónico o de
dirección de correo electrónico durante el período indicado en el párrafo anterior.
i) Llevar, en su caso, una contabilidad separada o asignar un código contable
adecuado a todas las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada, todo
ello en el marco de las normas de contabilidad nacional.
j) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u
objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la
Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, resaltando
el carácter público de la financiación y utilizando un lenguaje no sexista. Además,
todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen
discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar valores de igualdad, pluralidad
de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
Al tratarse de subvenciones financiadas con fondos procedentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, los requisitos de publicidad se basarán en lo
dispuesto en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241) del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, así como en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia. De esta forma, en las medidas de información y comunicación de las
actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas,
material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.)
se deberán incluir:
- Los logotipos de la Junta de Andalucía y del Gobierno de España.
- El emblema de la Unión, acompañado del texto: «Financiado por la Unión EuropeaNextGeneration EU».
- El logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En este sentido, resulta también de aplicación el artículo 10 del Acuerdo de
Financiación del MRR entre la Comisión y el Reino de España, relativo a la publicación
de información, visibilidad de la financiación de la Unión y derecho de uso. Puede
consultarse más información en el siguiente enlace: https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
Tal y como se establece en el artículo 9.4 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, «Cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la
Unión Europea deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los
otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse
añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse
ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE».
Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos
en el Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio
de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades
concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación
de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las
medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro
y el almacenamiento de datos. Se tendrán en consideración las indicaciones que se
adopten sobre la comunicación digital del PRTR, que se pueden consultar la siguiente
página web: https://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y el Manual de
Comunicación para gestores y beneficiarios de los Fondos del PRTR:
https://w w w.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/manual_de_
comunicacion_ para_los_gestores_del_plan.pdf
k) Dar publicidad específica de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos
y condiciones establecidos en la normativa sobre transparencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 21610/27
de tres años si la financiación es de un importe igual o inferior a 60.000 euros. Se deberá
comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de dispositivo electrónico o de
dirección de correo electrónico durante el período indicado en el párrafo anterior.
i) Llevar, en su caso, una contabilidad separada o asignar un código contable
adecuado a todas las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada, todo
ello en el marco de las normas de contabilidad nacional.
j) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u
objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la
Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, resaltando
el carácter público de la financiación y utilizando un lenguaje no sexista. Además,
todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen
discriminatoria o estereotipos sexistas y deberán fomentar valores de igualdad, pluralidad
de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
Al tratarse de subvenciones financiadas con fondos procedentes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, los requisitos de publicidad se basarán en lo
dispuesto en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241) del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, así como en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia. De esta forma, en las medidas de información y comunicación de las
actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas,
material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.)
se deberán incluir:
- Los logotipos de la Junta de Andalucía y del Gobierno de España.
- El emblema de la Unión, acompañado del texto: «Financiado por la Unión EuropeaNextGeneration EU».
- El logo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En este sentido, resulta también de aplicación el artículo 10 del Acuerdo de
Financiación del MRR entre la Comisión y el Reino de España, relativo a la publicación
de información, visibilidad de la financiación de la Unión y derecho de uso. Puede
consultarse más información en el siguiente enlace: https://planderecuperacion.gob.es/
identidad-visual.
Tal y como se establece en el artículo 9.4 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, «Cuando se muestre en asociación con otro logotipo, el emblema de la
Unión Europea deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los
otros logotipos. El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse
añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse
ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE».
Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos
en el Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio
de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades
concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación
de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las
medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro
y el almacenamiento de datos. Se tendrán en consideración las indicaciones que se
adopten sobre la comunicación digital del PRTR, que se pueden consultar la siguiente
página web: https://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y el Manual de
Comunicación para gestores y beneficiarios de los Fondos del PRTR:
https://w w w.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/manual_de_
comunicacion_ para_los_gestores_del_plan.pdf
k) Dar publicidad específica de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos
y condiciones establecidos en la normativa sobre transparencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274817
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía