Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a actualizar e impulsar el sector comercial en Andalucía mediante la implementación de nuevas tecnologías, dentro del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU-, y se procede a su convocatoria para el año 2022.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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núm. 126, de 27 de mayo de 2022, por Resolución de 19 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Comercio.
De esta forma, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la gestión
de créditos destinados a la financiación de proyectos que permitan incorporar nuevas
tecnologías en el sector del pequeño comercio, mediante la concesión de subvenciones
vinculadas a convocatorias en 2022 y 2023, ejercicios en los que se prevé la ejecución
del programa. Para ello, habiendo sido asignado a Andalucía en el citado Acuerdo de
Conferencia Sectorial un crédito de 8.585.785 € para cada uno de los dos ejercicios
y establecido un objetivo de al menos 34 proyectos por cada uno de ellos, resulta
necesaria la previa aprobación de las bases reguladoras que regirán la concesión de las
subvenciones a un sector, el comercio, estratégico para la economía tanto en el conjunto
del Estado como en Andalucía, donde representaba en el año 2019 el 12,32 % del Valor
Agregado Bruto total, según datos de la Contabilidad Regional Anual de Andalucía para
ese ejercicio, y caracterizado por la atomización de empresas, que las sitúa en una
posición de debilidad frente a las crisis económicas. Este el impulso al sector comercio
permitirá generar riqueza, empleo y cohesión social, tanto en el medio urbano como el
rural, de manera que las posibilidades que ofrecen las soluciones digitales lo harán más
competitivo y facilitarán la recuperación de la confianza del consumidor, mediante un
modelo sostenible que potencie su capacidad de resiliencia.
En otro orden, en materia de reducción del riesgo de fraude, corrupción y conflictos
de intereses, resultará de aplicación a estas subvenciones lo dispuesto en el «Plan de
medidas antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía», aprobado por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía el 27 de abril de 2022.
Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el PRTR, en la CID, en el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y en
la normativa de desarrollo de este último, todas las actuaciones que se lleven a cabo
en ejecución del mismo deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «do no significant
harm»). De manera específica, habrán de ser observadas todas las previsiones
contempladas, para la inversión I4, en los apartados 3, 6 y 8 del documento. Conforme a
lo indicado en el último de tales apartados, no se requiere para esta medida un análisis
exhaustivo con respecto al cumplimiento del principio DNSH en relación con los seis
objetivos medioambientales incluidos en el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco
para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE)
2019/2088 (Reglamento de taxonomía): mitigación del cambio climático; adaptación
al cambio climático; uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos;
transición hacia una economía circular; prevención y control de la contaminación;
protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
Dada la naturaleza de las actividades susceptibles de financiación, la medida tiene
un impacto previsible nulo o insignificante sobre tales objetivos, circunstancia que queda
plenamente garantizada con la exclusión de las actividades que, para esta inversión,
conforme a la CID, no pueden ser subvencionables.
En cuanto a la tramitación de estas subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 40.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,
la comprobación del cumplimiento de los requisitos por parte del órgano gestor se
realizará, en la medida de lo posible, de oficio, mediante la utilización de medios de
actuación administrativa automatizada. Ello permitirá agilizar de manera considerable
el procedimiento administrativo, premisa necesaria, teniendo en cuenta los plazos tan
breves que rigen para este programa puesto que, de conformidad con lo previsto en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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