Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/249-4)
Orden de 23 de diciembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 6 de agosto de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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Ocho. Se modifica el apartado 1 del artículo 13, que queda redactado como sigue:
«1. Junto con el formulario de solicitud habrá de presentarse la documentación que se
detalla a continuación, que acredita el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario
y los criterios de valoración. La aportación se realizará en documentos separados y
debidamente identificados:
a) Documentación relativa a la acreditación de los requisitos para ser beneficiario:
1.º Certificación del correspondiente acuerdo del Pleno del ayuntamiento u órgano al
que corresponda aprobando la participación en la convocatoria de las ayudas reguladas
en la presente orden.
2.º Certificación de la Intervención Municipal u órgano que corresponda acreditativa
de la existencia de crédito suficiente para financiar la aportación municipal, o acuerdo
municipal comprometiéndose a habilitarlo, debiéndose aportar en este último caso la
citada certificación una vez habilitado el crédito de referencia.
3.º En el caso de solicitar actuaciones que impliquen la realización de una obra o
reforma, certificación relativa a que los terrenos, edificios o instalaciones donde se pretenda
realizar la inversión son de pleno dominio municipal, o que el ayuntamiento es cesionario
de los mismos teniendo derecho al uso de aquéllos, al menos, durante un período de diez
años, contado desde el día siguiente a aquél en que se haya publicado la convocatoria.
La certificación referida irá acompañada de la fotografía del estado actual de los
terrenos, edificios o instalaciones sobre los que se pretenda actuar, sin que en ningún
caso se recojan imágenes que permitan la identificación de personas.
4.º Copia del convenio de colaboración suscrito entre el ayuntamiento y la entidad
promotora del Centro Comercial Abierto del municipio en vigor a fecha de la presentación
de la solicitud, en el caso solicitar actuaciones a desarrollar en el área delimitada del
Centro Comercial Abierto reconocido.
b) Información relativa al proyecto solicitado que se acompañará de la siguiente
documentación acreditativa:
1.º En el caso de las inversiones en espacios e infraestructuras, se deberá acompañar de
un proyecto técnico suscrito por personal técnico municipal competente de las actuaciones
a realizar, justificando la necesidad de llevar a cabo la inversión en el que se hará constar
la incidencia de la actuación propuesta en la mejora de la oferta comercial y artesana de la
localidad, que incluirá asimismo un calendario orientativo de ejecución de la misma.
2.º Facturas, facturas proforma o presupuestos de los gastos en que se incurrirá para
la ejecución de las actuaciones a subvencionar.
3.º Documento acreditativo sobre la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido o
la no recuperación del mismo, en su caso.
c) Documentación acreditativa de los criterios de valoración:
1.º Certificado de la Secretaría del ayuntamiento de la aprobación formal y constitución
del Consejo Municipal del Comercio, Mesa Local del Comercio o figura análoga o
Comisión Municipal de Comercio Ambulante y que el mismo se encuentra con actividad a
la fecha de la presentación de la solicitud.
2.º Copia del Plan Estratégico de Comercio Municipal del ayuntamiento vigente.
3.º Copia del convenio de colaboración suscrito entre el ayuntamiento con cada
agrupación profesional del sector del comercio o la artesanía en vigor a fecha de la
presentación de la solicitud.
4.º Documentación acreditativa de los reconocimientos públicos, premios o distinciones
alegados por el solicitante.
5.º Convenio de colaboración o instrumento jurídico que recoja los compromisos adquiridos
por las organizaciones empresariales asociativas u otras entidades públicas o privadas
participantes en el proyecto o cartas de apoyo al proyecto solicitado por el ayuntamiento.
6.º Cualquier otra documentación que sirva para acreditar alguno de los criterios de
valoración alegados, siempre y cuando no se sustenten en información publicada en
alguna fuente oficial o en documentos de elaboración propia de la consejería convocante.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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