Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
255 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

página 21561/9

o inadmisión en su caso, de las solicitudes de compensación y de aplazamiento y
fraccionamiento a que se refiere el artículo 124 ter, según lo dispuesto en el artículo 127.2
de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.
12. Determinación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del
procedimiento de concesión.
Será competente para la instrucción del procedimiento, la Comisión de Evaluación.
Además de la evaluación de las solicitudes, le corresponden las funciones de propuesta
provisional de resolución, análisis de alegaciones y documentación presentada, la
propuesta definitiva de resolución y las siguientes funciones:
- Solicitar informes previos a los centros directivos y organismos de la Junta de
Andalucía que puedan resultar competentes por razón de la materia.
- Determinar los intervalos de puntuación y los porcentajes sobre el importe solicitado
corregido.
- Determinar el importe máximo a conceder, estableciendo los porcentajes máximos
sobre la dotación de la línea.
- Realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento
y comprobación de los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.
Será competente para la resolución del procedimiento la persona titular de la
Secretaría General de Inclusión Social, por delegación de la persona titular de la
Consejería competente en materia de políticas sociales, en cuanto a las líneas N1 y N2.
Respecto a las líneas N3 y N4 será competente para la resolución del procedimiento la
persona titular de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación
Preferente, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia
de políticas sociales.
13. Plazo para resolver y notificar el procedimiento de concesión.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres
meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de
solicitudes.
14. Dirección electrónica donde se encuentran los formularios para la presentación
de la solicitud.
Los formularios se podrán obtener en la siguiente dirección electrónica:

15. Reformulación de solicitudes.
De conformidad con el apartado 2.b) de los respectivos Cuadros Resúmenes, se
permite la posibilidad de reformulación de solicitudes.
16. Devolución a iniciativa del perceptor.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona o entidad beneficiaria podrá realizar
la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y
el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles
y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/
tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
17. Recursos.
La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274727

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24939.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24940.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24941.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24942.html