Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/249-15)
Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
36 de 138
páginaHoja
21561/31
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de
2018), mediante la cumplimentación por parte de quienes participen en el procedimiento de una
declaración de ausencia de conflicto de intereses (Anexo IV, Modelo A de la Orden HFP/1030/2021, de 29
de septiembre).
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrán conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
-Deberá presentarse la siguiente documentación relativa tanto a la entidad solicitante como, en su
caso, a todas las entidades ejecutantes:
-En caso de ejercitar el derecho de oposición a que se consulten los documentos
obrantes en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, deberán aportarse
los estatutos de la entidad inscritos en su correspondiente registro o documentación acreditativa
de
encontrarse en proceso de inscripción.
-Certificado de inscripción de la composición de la Junta Directiva de la entidad solicitante, o
Patronato en el caso de fundaciones, inscrita en su correspondiente registro o documentación
acreditativa de encontrarse en proceso de inscripción.
-Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.
-En su caso, póliza de seguro de las personas voluntarias y acreditación de su pago, conforme a la
normativa vigente de aplicación.
-En su caso, Plan de Igualdad en los términos previstos en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre,
por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de
28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo , así como
documentación acreditativa de la formación en materia de género del personal que desarrollará el
proyecto.
00274727
-En su caso, acreditación de lo declarado en relación al criterio de valoración “Calidad en la gestión
de la entidad solicitante”.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
BOJA
ANEOficial
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Boletín
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022
CONSEJERÍA INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
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páginaHoja
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de
2018), mediante la cumplimentación por parte de quienes participen en el procedimiento de una
declaración de ausencia de conflicto de intereses (Anexo IV, Modelo A de la Orden HFP/1030/2021, de 29
de septiembre).
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:
14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrán conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:
-Deberá presentarse la siguiente documentación relativa tanto a la entidad solicitante como, en su
caso, a todas las entidades ejecutantes:
-En caso de ejercitar el derecho de oposición a que se consulten los documentos
obrantes en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, deberán aportarse
los estatutos de la entidad inscritos en su correspondiente registro o documentación acreditativa
de
encontrarse en proceso de inscripción.
-Certificado de inscripción de la composición de la Junta Directiva de la entidad solicitante, o
Patronato en el caso de fundaciones, inscrita en su correspondiente registro o documentación
acreditativa de encontrarse en proceso de inscripción.
-Documentación acreditativa de la representación legal o apoderamiento.
-En su caso, póliza de seguro de las personas voluntarias y acreditación de su pago, conforme a la
normativa vigente de aplicación.
-En su caso, Plan de Igualdad en los términos previstos en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre,
por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de
28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo , así como
documentación acreditativa de la formación en materia de género del personal que desarrollará el
proyecto.
00274727
-En su caso, acreditación de lo declarado en relación al criterio de valoración “Calidad en la gestión
de la entidad solicitante”.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja