Disposiciones generales. Presidencia. (2022/249-1)
Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, experimentará un incremento con respecto a la dotación global del Fondo
para 2022 y alcanzará un importe de 520.000.000 euros para el año 2023, demorándose,
en consecuencia, la consecución del objetivo y la aplicación de la parte no implementada
de la gradualidad, establecidos en el artículo 4, así como el calendario fijado en el artículo
8 de la citada Ley.
Dicho importe se asignará de la siguiente manera:
a) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 1 se le asignará una dotación
de 128.603.469,95 euros.
b) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 2 se le asignará una dotación
de 113.024.890,48 euros.
c) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 3 se le asignará una dotación
de 84.856.783,06 euros.
d) Al conjunto de los municipios pertenecientes al grupo 4 se le asignará una dotación
de 193.514.856,51 euros.
Decimoséptima. Participación en el programa estatal de Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos.
Se autoriza a la Consejería competente en materia de Turismo a participar en el
Programa de la Administración General del Estado denominado «Planes de Sostenibilidad
Turística en Destinos», para prestar apoyo a la inversión de las Entidades Locales en
actuaciones de impulso, adecuación y mejora de los destinos turísticos, con el fin de
aumentar su sostenibilidad en los términos establecidos por el Real Decreto-ley 25/2020,
de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
La participación en los «Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos» se establece
mediante un programa de colaboración financiera, de conformidad con lo establecido
en el artículo 192.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en el artículo 24 de
la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, que se articulará
mediante convenio interadministrativo que habrá de suscribirse por las Administraciones
intervinientes.
Decimoctava. Publicidad de los informes de actuación emitidos por la Intervención
General de la Junta de Andalucía.
Serán objeto de publicación en el Portal de la Junta de Andalucía los informes de
actuación establecidos reglamentariamente cuando, existiendo disconformidad por
parte de la Consejería de adscripción de la entidad afectada a dar cumplimiento a las
recomendaciones formuladas, la persona titular de la Consejería con competencia en
materia de Hacienda, previo informe de la Intervención General, someta las actuaciones,
en su caso, a la consideración del Consejo de Gobierno para que resuelva lo procedente.

Vigésima. Aplazamiento o fraccionamiento del pago del canon de regulación, tarifa
de utilización del agua, canon de control de vertidos y canon de utilización de los bienes
del dominio público hidráulico.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Decimonovena. Ampliación de los plazos de emisión de las liquidaciones
correspondientes al periodo impositivo 2022 del canon de control de vertidos, canon de
regulación y tarifa de utilización del agua.
1. El plazo de emisión de las liquidaciones tributarias del canon de control de vertidos
correspondientes al periodo impositivo 2022 se amplía desde el 31 de marzo de 2023
hasta el 31 de diciembre de 2023.
2. El plazo de emisión de las liquidaciones tributarias del canon de regulación y tarifa
de utilización del agua correspondientes al periodo impositivo 2022 se amplía desde el 30
de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.