Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/249-2)
Decreto 572/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 152/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, el Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 289/2015, de 21 de julio, por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
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Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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central con rango de dirección general cuyas funciones son las comparecencias ante
los medios de comunicación y prensa tras la celebración del Consejo de Gobierno y a
efectos de informar y dar cuenta a la ciudadanía de la acción política e institucional del
Gobierno andaluz, así como la asistencia a las actividades y comparecencias públicas de
la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
Ello obedece a que mediante el Decreto del Presidente 15/2022, de 27 de septiembre,
se dispone que el actual Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
asuma las funciones de Portavoz del Gobierno, por lo que ante la imposibilidad de que
dos órganos desarrollen igual función, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, procede la supresión del
citado órgano directivo central cuyas funciones serán asumidas por la persona designada
Portavoz del Gobierno.
Por otra parte, la Oficina Técnica de Apoyo a la Autoridad Competente de los Fondos
Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, actualmente adscrita a la
Secretaría General Técnica de esta Consejería pasa a estar adscrita a la Viceconsejería
adecuándose, así, a lo establecido en el artículo 2.1 del Decreto 74/2014, de 11 de marzo,
por el que se regula la Oficina Técnica de Apoyo a la Autoridad Competente de los Fondos
Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, tras la reestructuración de Consejerías, el citado Decreto 152/2022, de
9 de agosto, a través del artículo 4.6, adscribe a la Viceconsejería la Secretaría de la
Transparencia manteniendo, a su vez, la actual Unidad de Transparencia con funciones
de impulso de la transparencia en el ámbito de la Consejería y entidades y organismos
adscritos, lo que hace necesario modificar el artículo 6 del Decreto 289/2015, de 21 de julio,
por el que se regula la organización administrativa en materia de transparencia pública en
el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales,
suprimiendo el apartado g) que determina que la Secretaría de Transparencia actuará
como Unidad de Transparencia de la Consejería competente en materia de transparencia.
Se modifican también algunas competencias relativas a la Dirección General de
Comunicación Social y a la Dirección General de Comunicación con el fin de atribuir una
mayor claridad en la definición de las mismas.
Por otro lado, con la modificación del Decreto 128/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueban los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía, aparte de la operada para
su adecuación al Decreto de estructura de su Consejería de adscripción, se adscriben
a la Agencia Digital de Andalucía el Centro Informático Científico de Andalucía (CICA) y
la Red Informática Científica de Andalucía (RICA), por ser sus actividades coincidentes
con los servicios que ofrece la Agencia Digital de Andalucía a los organismos que forman
parte de su alcance.
También se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula
la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, con
objeto de adscribir los servicios periféricos en materia de juego a las Delegaciones del
Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, de tal manera que esos servicios,
actualmente adscritos a las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos y de Política Industrial y Energía, y los relativos a espectáculos públicos,
adscritos a las Delegaciones del Gobierno, se ejerzan en el ámbito provincial bajo una
estructura administrativa común, tal y como se ha venido desarrollando con anterioridad
a la modificación del marco organizativo provincial operada por el Decreto 300/2022, de
30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que
se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
El presente decreto se dicta de acuerdo con los principios de buena regulación a
los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y conforme a lo dispuesto por
el artículo 7.2 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía