5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/249-52)
Anuncio de 19 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Cambil, de bases para la cobertura por concurso de una plaza de Operario de Limpieza. (PP. 3834/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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actuará de acuerdo con los principios de objetividad, imparcialidad, profesionalidad,
agilidad y eficacia de sus miembros y responderá al principio de presencia equilibrada
de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas,
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 y la Da 1.ª de la L.O. 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como lo dispuesto en el
artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Los miembros del Tribunal tienen el deber de abstenerse y la posibilidad de ser
recusados en aquellos supuestos previstos legalmente, básicamente en el supuesto
señalado en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
El Tribunal calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para algunas de las pruebas objeto de esta convocatoria, quienes actuarán
con voz, pero sin voto.
La pertenencia al tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
esta en representación o por cuenta de nadie.
La mitad de los vocales del tribunal tendrán la especialización adecuada en relación
con la plaza a cubrir, garantizando de esta manera la especialización de los integrantes
del tribunal.
No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno
de sus miembros, titulares o suplentes. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los
miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas
en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus
acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma
establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
El Tribunal quedará incluido en la categoría que corresponda al grupo de titulación al
que pertenezcan las plazas convocadas, conforme a lo preceptuado en el artículo 30 del
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio,
y recibirá las indemnizaciones por participación en Tribunales de Selección fijadas en el
Anexo IV del mismo.
A efectos de comunicación y demás incidencias el Tribunal tendrá su sede en el
Ayuntamiento de Cambil (Jaén), Plaza de la Constitución s/n, CP. 23120.

1. Méritos profesionales. Puntuación máxima: 12 puntos.
Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local convocante, en el
mismo cuerpo o escala (personal funcionario) o categoría profesional (personal laboral)
de la plaza convocada: 0,1 puntos por mes trabajado. Deberá presentar certificación de
la Administración correspondiente, salvo que en la solicitud se indique que el mismo sea
requerido de oficio.
Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones, en el mismo cuerpo o
escalas (personal funcionario) o categorías profesionales (personal laboral): 0,060 puntos
por mes trabajado. Deberá presentar certificación de la administración correspondiente.
Por cada mes de servicios prestados en el resto del sector público o privado:
0,050 puntos por mes trabajado. Deberá presentar certificación de la administración
correspondiente.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los
servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca
a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sexta. Procedimiento de selección: Concurso de méritos.
El concurso valorará los méritos aportados y justificados documentalmente conforme
al siguiente baremo (máximo 21,000 puntos):