Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/535-68)
Acuerdo de 22 de diciembre de 2022, de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A. (soprea), por el que se aprueban las bases de la convocatoria por las que habrá de regirse el sistema selectivo de concurso de méritos para acceder a plazas de personal laboral incluidas en la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022 aprobada por Decreto 90/2022, de 31 de mayo.
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Extraordinario núm. 35 - Viernes, 30 de diciembre de 2022

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La convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y
mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres; Ley 12/2007, de
26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, y el Real
Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de
trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
En cumplimiento de lo previsto en la legislación vigente conforme al Decreto 90/2022,
de 31 de mayo, de la Junta de Andalucía, hasta el 10% de las plazas podrán ser cubiertas
conforme a lo establecido en la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y
Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía.
1.2. Publicación.
La publicación de la presente convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de su difusión y publicidad adicional
mediante la siguiente dirección web (URL):
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/soprea/estructura/transparencia/empleopublico.html
1.3. Normativa aplicable.
El proceso selectivo se regirá por lo establecido en estas bases y por lo dispuesto en
las siguientes normas:
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley Orgánica 3/2002, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las personas con
Discapacidad en Andalucía.
Las Leyes 3/2017, de 27 de junio, y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales
del Estado para los años 2017 y 2018, que señalan que en los procesos selectivos
de estabilización se cumplirán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito,
capacidad y publicidad.
Las presentes bases vincularán a esta entidad, al Comité de Selección que ha de
valorar los méritos y a quienes participen en el concurso de méritos, y solo podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.4. Relaciones con la ciudadanía.
A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los
diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la siguiente dirección web (URL):
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/soprea/estructura/transparencia/empleopublico.html
dentro del apartado creado al efecto de OEP estabilización de empleo temporal SOPREA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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