3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/248-30)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022

página 21426/19

CAPÍTULO 5: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS FONDOS
Por Orden de 13 de diciembre de 2021 de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, se autoriza la creación en la clasificación económica de gastos del presupuesto de las Universidades del capítulo 5.
El artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, establece que el Estado, las
Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo
de los artículos 111 y 135 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, incluirán en
sus Presupuestos una dotación diferenciada de créditos presupuestarios que se destinará, cuando proceda, a atender necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del
ejercicio. La cuantía y las condiciones de aplicación de dicha dotación será determinada por cada Administración Pública en el ámbito de sus respectivas competencias.
ARTÍCULO 50. Fondo de contingencia

100.000,00 euros

Dotación para atender necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el
presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio.

NORMAS DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA PARA EL EJERCICIO 2023
PRELIMINAR: NORMAS GENERALES
Artículo 1. Objeto.
La presente normativa tiene como objeto definir las normas y procedimientos para el
desarrollo y ejecución del Presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación.
Las presentes Normas serán de aplicación a toda la estructura organizativa de la Universidad Internacional de Andalucía.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.h de la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 y por el
Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del
gasto público en el ámbito educativo; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; y en el
artículo 8 del Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía,
así como en el Título IX de los Estatutos de dicha Universidad, se aprueba el
Presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía para el ejercicio 2023,
elevándose su estado de ingresos y su estado de gastos a la cuantía de
16.502.616,91 euros.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 3. Créditos iniciales.