3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/248-22)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal del sector de gestión telefónica del Servicio de Emergencias 112, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022

página 21452/5

Tercero. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos que
la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco
respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de diciembre de 2022.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
A NE XO
SERVICIOS MÍNIMOS (Expte. H 83/2022 DGSSL)

00274611

Personal de empresas de asistencia telefónica de emergencias 112.
Personal de la sala de operaciones regionales (Gestores, Coordinadores y Enlace):
en cada turno el 80% del personal sobre lo dimensionado previamente.
Personal de la sala de operaciones provinciales (Gestores y Coordinadores): En cada
turno el 50% del personal sobre lo dimensionado previamente.
Personal Técnico: En cada turno el 50% del personal sobre lo dimensionado
previamente.
Corresponde a la empresa, con la participación del comité de huelga, la facultad de
designar a las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por
el cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una
de ellas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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