3. Otras disposiciones. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/248-27)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Isla Mayor o Cañada Real de Medellín a Isla Mayor», en un tramo de 1,3 km desde un ramal del Arroyo del Judío hasta el Cortijo del Toril, en los términos municipales de Valencina de la Concepción y Salteras, provincia de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022
página 21461/4
Jurídico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, de 2 de diciembre de 2022.
RESU ELVO
Identificación de los terrenos sobrantes del dominio público.
Los terrenos sobrantes se ubican en al oeste de la parte necesaria y al este de la
parte necesaria. Sus linderos se describirán en dos partes.
Los terrenos sobrantes del margen derecha (oeste) lindan:
- Inicio (Norte): linda con el tramo anterior de la misma vía pecuaria de las parcelas
catastrales 41096A00209006 y 41085A02000062 (olivar).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274618
Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Isla
Mayor o Cañada Real de Medellín a Isla Mayor», en un tramo de 1,3 km desde un ramal
del Arroyo del Judío hasta el Cortijo del Toril, en los términos municipales de Valencina
de la Concepción y Salteras, provincia de Sevilla y vista la propuesta de Resolución
de la Delegación Territorial en Sevilla, en función de la descripción y de la relación de
coordenadas UTM (ETRS 1989 HUSO 30) que a continuación se detallan:
Longitud: 1.314,15 m.
Anchura Valencina de la Concepción: 18,75 m.
Anchura Salteras: 37,5 m.
Descripción registral:
Anchura necesaria.
Finca rústica en los términos municipales de Valencina de la Concepción y Salteras,
provincia de Sevilla, de forma más o menos rectangular y alargada con una dirección
predominante sur-suroeste y una anchura de 37,5 metros en el término municipal de
Valencina de la Concepción y 75 metros en el término municipal de Salteras. La longitud
deslindada es de 1.314,18 metros, en adelante conocida como «Cañada Real de la Isla
Mayor o Cañada Real de Medellín a Isla Mayor», que linda:
- En su inicio (Norte): Linda con el tramo anterior de la misma vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A01009006, 41096A01009001, 41096A00209005,
41096A00200094 y 41096A00209006.
- En su margen derecha (Oeste): Linda con terrenos sobrantes de la vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A00209006, 41085A02000062, 41096A01009005 (arroyo
del Judío), 41096A01009001, 41096A01009005 (Arroyo del Judío), 41096A01009001,
41096A01009005 (arroyo del Judío), 41096A01009001, 41096A01009013 (terrenos anexos
a carretera), 41096A00909007 (terrenos anexos a carretera), 41096A00909006 (terrenos
anexos a carretera), 41085A01109001 (terrenos anexos a carretera), 41085A01100036
(terrenos anexos a carretera), 41085A01109002 (terrenos de ferrocarril), 41085A01100042
(terrenos de ferrocarril), 41096A00809001 (terrenos de ferrocarril), 41085A01100042
(terrenos de ferrocarril), 41085A01109002, 41085A01100033, 41085A01100036,
41085A01109001,
41085A01100036,
41085A01100033,
6948233QB5464N,
41085A01100022, 41085A01100035, 41085A01109002, 41085A01100042 (terrenos de
ferrocarril), 41085A01100029 (terrenos de labor y Cortijo del Toril).
- En su margen izquierda (Este): Linda con terrenos sobrantes de la vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A01009006 (ramal del arroyo del Judío), 41096A01000002,
41096A01009007 (ramal del arroyo del Judío), 41096A01000001, 41096A01009001,
41096A01009002 (terrenos de ferrocarril), 41096A00909006 (terrenos anexos a
carretera) y 41096A00909005.
- En su final (Sur): Linda con la continuación de esta misma vía pecuaria de las parcelas
catastrales 41096A00800002, 41096A00809001, 41085A01100042 y 41085A01100029.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Jueves, 29 de diciembre de 2022
página 21461/4
Jurídico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la
Junta de Andalucía, de 2 de diciembre de 2022.
RESU ELVO
Identificación de los terrenos sobrantes del dominio público.
Los terrenos sobrantes se ubican en al oeste de la parte necesaria y al este de la
parte necesaria. Sus linderos se describirán en dos partes.
Los terrenos sobrantes del margen derecha (oeste) lindan:
- Inicio (Norte): linda con el tramo anterior de la misma vía pecuaria de las parcelas
catastrales 41096A00209006 y 41085A02000062 (olivar).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274618
Aprobar el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Isla
Mayor o Cañada Real de Medellín a Isla Mayor», en un tramo de 1,3 km desde un ramal
del Arroyo del Judío hasta el Cortijo del Toril, en los términos municipales de Valencina
de la Concepción y Salteras, provincia de Sevilla y vista la propuesta de Resolución
de la Delegación Territorial en Sevilla, en función de la descripción y de la relación de
coordenadas UTM (ETRS 1989 HUSO 30) que a continuación se detallan:
Longitud: 1.314,15 m.
Anchura Valencina de la Concepción: 18,75 m.
Anchura Salteras: 37,5 m.
Descripción registral:
Anchura necesaria.
Finca rústica en los términos municipales de Valencina de la Concepción y Salteras,
provincia de Sevilla, de forma más o menos rectangular y alargada con una dirección
predominante sur-suroeste y una anchura de 37,5 metros en el término municipal de
Valencina de la Concepción y 75 metros en el término municipal de Salteras. La longitud
deslindada es de 1.314,18 metros, en adelante conocida como «Cañada Real de la Isla
Mayor o Cañada Real de Medellín a Isla Mayor», que linda:
- En su inicio (Norte): Linda con el tramo anterior de la misma vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A01009006, 41096A01009001, 41096A00209005,
41096A00200094 y 41096A00209006.
- En su margen derecha (Oeste): Linda con terrenos sobrantes de la vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A00209006, 41085A02000062, 41096A01009005 (arroyo
del Judío), 41096A01009001, 41096A01009005 (Arroyo del Judío), 41096A01009001,
41096A01009005 (arroyo del Judío), 41096A01009001, 41096A01009013 (terrenos anexos
a carretera), 41096A00909007 (terrenos anexos a carretera), 41096A00909006 (terrenos
anexos a carretera), 41085A01109001 (terrenos anexos a carretera), 41085A01100036
(terrenos anexos a carretera), 41085A01109002 (terrenos de ferrocarril), 41085A01100042
(terrenos de ferrocarril), 41096A00809001 (terrenos de ferrocarril), 41085A01100042
(terrenos de ferrocarril), 41085A01109002, 41085A01100033, 41085A01100036,
41085A01109001,
41085A01100036,
41085A01100033,
6948233QB5464N,
41085A01100022, 41085A01100035, 41085A01109002, 41085A01100042 (terrenos de
ferrocarril), 41085A01100029 (terrenos de labor y Cortijo del Toril).
- En su margen izquierda (Este): Linda con terrenos sobrantes de la vía pecuaria de
las parcelas catastrales 41096A01009006 (ramal del arroyo del Judío), 41096A01000002,
41096A01009007 (ramal del arroyo del Judío), 41096A01000001, 41096A01009001,
41096A01009002 (terrenos de ferrocarril), 41096A00909006 (terrenos anexos a
carretera) y 41096A00909005.
- En su final (Sur): Linda con la continuación de esta misma vía pecuaria de las parcelas
catastrales 41096A00800002, 41096A00809001, 41085A01100042 y 41085A01100029.