5. Anuncios. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/247-49)
Anuncio de 20 de diciembre de 2022, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, para dar publicidad a la Resolución de 23 de noviembre de 2022, por la que se adjudica el arrendamiento de los edificios del Centro Tecnológico de Servicios Avanzados del Parque Tecnológico Geolit en Mengíbar (Jaén), propiedad de la Agencia IDEA.
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Número 247 - Miércoles, 28 de diciembre de 2022

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de Patrimonio de Andalucía, por una quinta parte del plazo inicialmente previsto, es decir,
2,4 meses. La citada prórroga deberá ser solicitada con una antelación previa de un (1)
mes al vencimiento de la duración inicialmente pactada.
Precio: La finca registral núm. 17.498, por una renta anual de 83.996 € (IVA no
incluido); y la finca registral núm. 16.284, por una renta anual de 38.465 € (IVA no
incluido).
La renta anual fijada en la cantidad de 122.461 euros (ciento veintidos mil con
cuatrocientos sesenta y un euros) (IVA no incluido) será abonada por la Diputación de
Jaén a la Agencia IDEA de la siguiente forma: a la firma del contrato se deberá pagar
la renta equivalente a 2,5 meses, es decir un importe de 25.512,71 € (veinticinco mil
quinientos doce euros con setenta y un céntimos); el resto de la renta será abonada por
mensualidades anticipadas de 10.205,08 € (diez mil doscientos cinco euros con ocho
céntimos), más el IVA correspondiente al tipo en vigor mediante transferencia.
Obligaciones: Las inherentes a la condición de arrendamiento tales como:
A) Destinar los espacios arrendados a Centro Tecnológico de Servicios Avanzados
del sector del olivar y aceite de oliva. Si no fuera destinado al uso previsto, o dejara
de destinarse posteriormente, se considerará resuelto el arrendamiento y revertirá a
la Agencia IDEA, integrándose en su patrimonio con todas las pertenencias cedidas y
cuantas accesiones o revalorizaciones se hubieran acometido por Diputación Provincial
de Jaén, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Agencia IDEA, además,
derecho a percibir de Diputación Provincial de Jaén, previa tasación pericial, el valor de
los detrimentos o deterioros que hubiera causado.
B) La Diputación Provincial de Jaén se obliga a asumir los gastos necesarios para el
buen uso del bien (servicios de mantenimiento, limpieza, recepción, seguridad, etc.), así
como los de personal, el cual, una vez finalizado el plazo de arrendamiento, no pasará a
depender de la Junta de Andalucía.
C) El arrendamiento finalizará una vez transcurrido el plazo concedido de un año o
antes si durante ese periodo se formaliza la transmisión de los inmuebles.
D) En los supuestos de transcurso del plazo, pasarán a ser propiedad de la Agencia
IDEA las pertenencias arrendadas y cuantas accesiones o revalorizaciones se hubieran
acometido por Diputación Provincial de Jaén en el edificio, sin derecho a compensación
alguna.
E) La Diputación Provincial de Jaén se obliga a mantener en perfecta conservación
el inmueble, siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros causados, no
pudiendo realizar obras de clase alguna sin la expresa autorización de IDEA. El edificio
se entrega en el estado que se encuentra, sin que Diputación Provincial de Jaén pueda
reclamar a IDEA reparación o subsanación de posibles deficiencias de los edificios.
F) Respetar las normas de higiene y preventivas que la arrendadora pueda
establecer. En particular, se obliga la arrendataria a no introducir ni depositar en los
espacios arrendados materiales nocivos, insalubres o peligrosos o cualquier otro que, por
su naturaleza o manipulación, puedan producir molestias o malos olores, salvo que se
posea autorización administrativa para desarrollar la actividad en los espacios con todas
las garantías de seguridad.
G) No realizar en los espacios arrendados, sin autorización previa, expresa y por
escrito, de la arrendadora, ninguna clase de obras de reparación, conservación o mejora.
Sin perjuicio del derecho de resolución del contrato que asiste al arrendador en caso de
incumplimiento de esta obligación, la arrendataria deberá demoler las obras realizadas
sin autorización, restituyendo los espacios arrendados al mismo estado en que lo recibió
o, en su defecto, para el caso de que la arrendataria se negara a hacerla, si la demolición
la efectuara el propio arrendador, sufragará su coste con la consiguiente restitución al
arrendador. En todo caso, al término del contrato, la arrendataria entregará los espacios
arrendados diáfanos, limpios y pintados (paredes y techos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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