Autoridades y personal. Universidades. (2022/246-48)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, de tres plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

página 21259/13

2. Fase de concurso.
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el
plazo que el Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados
para la fase de concurso, mediante fotocopia firmada por la persona interesada,
responsabilizándose expresamente de la veracidad de la documentación aportada,
debiendo insertar en cada una de sus páginas la leyenda «Es copia fiel de su original» y
firmando a continuación, o bien acompañando declaración jurada, firmada por la persona
interesada, de que toda la documentación que se aporta es copia fiel de su original, sin
que puedan añadirse otros méritos que los referenciados en la solicitud, en los términos
de lo establecido en la base 3.9.e) de la presente resolución.
La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorará de 0 a 40 puntos.
De acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de la Universidad de Córdoba y Comité
de Empresa sobre los criterios que deben regir las convocatorias de procesos selectivos
de estabilización de empleo temporal de las Universidades públicas de Andalucía, como
consecuencia de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, colectivo PAS, los
criterios a aplicar en la baremación del presente proceso selectivo son los dispuestos en
el apartado VIII.B del Reglamento para la Provisión de puestos de trabajo del Personal de
Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Córdoba, aprobado por Acuerdo
de Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2020 (BOUCO núm. 505, de 27.7.2020):
2.1. Experiencia Profesional (hasta un máximo de 16 puntos).
a) Por servicios prestados en la Universidad de Córdoba, en puestos de la misma
área a la que se aspira, adquirida en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo
del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y con cargo al capítulo I
del Presupuesto de la Universidad de Córdoba: 0,285 puntos por mes o fracción.
b) Por servicios prestados, no computados en el apartado anterior, en puestos cuyos
contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría profesional
a la que se aspira, adquirida en la Universidad de Córdoba y no incluidos en el ámbito de
aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas
de Andalucía: 0,030 puntos por mes o fracción.
c) Por servicios prestados en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos
a los encomendados a la categoría profesional a la que se aspira, adquirida en el ámbito
de otras Administraciones Públicas, no computados en los apartados anteriores: 0,013
puntos por mes o fracción.
d) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en puestos
cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría
profesional a la que se aspira, adquirida fuera de la Administración Pública: 0,007 puntos
por mes o fracción.
Solamente se computará la experiencia profesional que se acredite mediante la
aportación de documentos que concreten suficientemente las funciones desempeñadas:
Contrato de trabajo, certificado de funciones acorde al contrato de trabajo expedido por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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sobre el temario recogido en el Anexo II. Al final del cuestionario se incluirán 4 preguntas
adicionales de reserva a fin de sustituir sucesivamente, según el orden en el que se
presenten en el cuestionario, a aquellas que pudieran ser objeto de anulación.
Las preguntas erróneas y las no contestadas no computaran de forma negativa.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 60 puntos.
El tribunal informará, antes de la realización del ejercicio, de los aspectos necesarios
para el desarrollo de este, así como de los criterios específicos de corrección, de la nota
mínima para superarlo y de las preguntas netas que sean necesarias para lograrla. El
Tribunal estará facultado para establecer los criterios de valoración y el mínimo para
superar los ejercicios.
La puntación mínima para superar la fase de oposición será de 18 puntos.