Autoridades y personal. Universidades. (2022/246-49)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, de nueve plazas de Técnico Auxiliar de Servicios de Conserjería, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

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7. Relación de personas aprobadas.
7.1. Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará público, en el Portal del Personal,
apartado «Convocatorias de empleo PAS», de la página web de la Universidad de
Córdoba, el acuerdo con la relación provisional de personas aprobadas. Contra este
acuerdo se podrán presentar reclamaciones en el plazo de diez días hábiles, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamaciones, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación provisional
tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del
proceso selectivo.
7.2. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el medio
indicado en el punto anterior, una relación de las personas aspirantes que hayan superado
la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, en un plazo igual o inferior a
diez días hábiles.
7.3. Una vez finalizada la fase de oposición y transcurrido el plazo de presentación
de la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso, el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00274418

6.4. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.5. El tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo del ejercicio
de la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías de
imparcialidad y objetividad en la realización de estos. El tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido del ejercicio antes de su
realización.
6.6. El tribunal informará, antes de la realización del ejercicio, de los aspectos
necesarios para su desarrollo, así como de los criterios específicos de corrección, de
la nota mínima para superarlo y de las preguntas netas en ejercicios tipo test que sean
necesarias para lograrla. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios de
valoración y el mínimo para superar el ejercicio.
6.7. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.8. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio de
la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento de ingreso, provisión de
puestos de trabajo y promoción personal de administración y servicios de la Universidad
de Córdoba.
6.9. El lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición se
publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PAS», de la página
web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días hábiles.
6.10. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.11. Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada
podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la publicación de esta, ante este Rectorado, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de
la citada resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba.