Autoridades y personal. Universidades. (2022/246-51)
Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, Grupo C, Subgrupo C2, por el sistema de concurso-oposición.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

página 21268/10

En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios, según lo establecido en el
artículo 9 del Reglamento 10/2022, de 3 de mayo de 2022, sobre la regulación de los
procedimientos para el acceso a las Escalas de funcionarios de carrera de la Universidad
de Córdoba por aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre:
1. Tiempo de servicios prestados en la Universidad de Córdoba como funcionario
interino de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Córdoba. En caso de
persistir, mayor antigüedad de la fecha de ingreso como funcionario interino de la Escala
propia de la Escala Auxiliar Administrativa en la Universidad de Córdoba. Si persistiera,
dirimirá el mayor número de fases de oposición superadas en convocatorias de la Escala
correspondiente de la Universidad de Córdoba.
2. El siguiente criterio de desempate será el tiempo de servicios prestados en las
Universidades Públicas de Andalucía como funcionario interino de la Escala Auxiliar
Administrativa. En caso de persistir, mayor antigüedad de la fecha de ingreso como
funcionario interino de la Escala Auxiliar Administrativa de otras Universidades Públicas
de Andalucía. Si persistiera, dirimirá el mayor número de fases de oposición superadas
en convocatorias de la Escala correspondiente de las Universidades Públicas Andaluzas.
3. El siguiente criterio de desempate será el tiempo de servicios prestados en
otras Administraciones Públicas como funcionario interino del Cuerpo o Escala
Auxiliar Administrativa. En caso de persistir, mayor antigüedad de la fecha de
ingreso como funcionario interino del Cuerpo o Escala Auxiliar Administrativa en
otras Administraciones Públicas. Si persistiera, dirimirá el mayor número de fases de
oposición superadas en convocatorias del Cuerpo o Escala correspondiente de otras
Administraciones Públicas.
4. Finalmente, en caso de persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación
obtenida en el proceso selectivo por el que ingresó como funcionario interino en la
Escala Auxiliar Administrativa, 1.º de la Universidad de Córdoba, 2.º de las Universidades
Públicas de Andalucía y 3.º de otras Administraciones Públicas.
7.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
7.5. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector
de la Universidad, especificando el número de aprobados y la puntuación obtenida en
la fase de oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas
puntuaciones, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
El Tribunal podrá, igualmente, hacer pública una relación complementaria en la que
figure la puntuación obtenida por el resto de las personas aspirantes no seleccionadas y,
en el caso de que alguna de las personas aspirantes propuestas no llegase a formalizar
la toma de posesión, se incluirá en la propuesta la persona aspirante que le siga en el
orden de puntuación.
En el supuesto de que alguna persona aspirante con discapacidad que se haya
presentado por el turno de reserva superase los ejercicios correspondientes de la fase
de oposición, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otras personas aspirantes del turno libre, será incluida por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.
7.6. Se creará bolsa de trabajo conforme se determina en el apartado 13.1 del
Reglamento 10/2022, sobre la regulación de los procedimientos para el acceso a las
escalas de funcionarios de carrera de la UCO por aplicación de la Ley 20/2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274429

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía