Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/246-1)
Orden de 19 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Fundación Pública Andaluza para la integración social de personas con enfermedad mental, FAISEM, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones que prestan medidas de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica en las que FAISEM participa como miembro de su patronato, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Martes, 27 de diciembre de 2022

página 21419/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

La Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del artículo 55.2 de su Estatuto de
Autonomía, tiene atribuida la competencia compartida en materia de sanidad interior y,
en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 61,
la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y
prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos
los niveles y para toda la población, así como la ordenación y la ejecución de las medidas
destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.
Asimismo, con arreglo al mencionado artículo 61 del citado Estatuto, tiene atribuida
la competencia exclusiva en materia de servicios sociales, que en todo caso incluye las
prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas
de protección pública, así como la regulación y la aprobación de planes y programas
específicos dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social.
A su vez, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 79 de dicho Estatuto, a la
Comunidad Autónoma le corresponde también la competencia exclusiva sobre el régimen
jurídico de las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía.
Por otro lado, en el artículo 22.3 del mismo Estatuto de Autonomía se establece
que tendrán derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales y preferentes
las personas con enfermedad mental, las que padezcan enfermedades crónicas e
invalidantes y las que pertenezcan a grupos específicos reconocidos sanitariamente
como de riesgo.
Igualmente, como objetivos básicos de la Comunidad Autónoma y principios rectores
que han de orientar sus políticas públicas, se encuentran recogidos en los artículos
10.3.19.º y 37.1.4.º, respectivamente, de la misma norma, los referidos a la participación de
la ciudadanía, tanto a través de las entidades de iniciativa social, de los agentes sociales
y de las instituciones, como, a nivel individual, de las personas usuarias, a la especial
protección de las personas en situación de dependencia que les permita disfrutar de una
digna calidad de vida, así como a la autonomía e integración social y profesional de las
personas con discapacidad.
En el ejercicio de dichas competencias se han dictado en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía distintas normas, entre las que han de destacarse la Ley 2/1988,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios
Sociales de Andalucía, y la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la
Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, en la que se recoge una
mención específica a las entidades tutelares al establecer en su artículo 64 que la
Administración de la Junta de Andalucía promoverá, coordinada con la autoridad judicial,
las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al
apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de sus capacidades a través de entidades,
públicas o privadas sin ánimo de lucro, que desempeñen acciones de apoyo en esta
materia de acuerdo con lo previsto en el Código Civil.
Por otra parte, se ha de señalar que la Fundación Pública Andaluza para la
Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (en adelante, FAISEM), creada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 19 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones por la Fundación Pública Andaluza para la
integración social de personas con enfermedad mental, FAISEM, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas al mantenimiento de las fundaciones
que prestan medidas de apoyo a personas con discapacidad para el ejercicio
de su capacidad jurídica en las que FAISEM participa como miembro de su
patronato, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.