3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/244-34)
Orden de 16 de diciembre de 2022, por la que se delegan determinadas funciones que, dentro del ámbito competencial de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponden a la Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Jueves, 22 de diciembre de 2022

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Tercero. Ejercicio de funciones delegadas.
1. Las funciones delegadas por la presente orden serán ejercidas con arreglo a las
normas de general aplicación y a las circulares, instrucciones y órdenes de servicio
dictadas por la Consejería.
2. En los actos, resoluciones y acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación,
se hará constar expresamente tal circunstancia, con mención de la fecha de aprobación
de la orden y de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Revocación y avocación.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 102.4 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, la persona titular de la Consejería podrá revocar la delegación en cualquier
momento. La revocación será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación.
2. Igualmente, y de acuerdo con el artículo 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
la persona titular de la Consejería podrá avocar para sí el conocimiento y resolución de
cualquier asunto comprendido en la delegación a que se refiere la presente orden, sin
perjuicio de que la delegación subsistirá en tanto no sea revocada o modificada de modo
expreso.
Quinto. Eficacia.
La presente orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de diciembre de 2022
ROCÍO BLANCO EGUREN

00274255

Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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