5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/243-93)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Jaén, de convocatoria de pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinario del año 2021 correspondientes a los procesos de estabilización de empleo temporal del Centro Especial de Empleo Municipal. (PP. 3276/2022).
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Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022
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9. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de
la fase de concurso y superarán el proceso selectivo aquellas personas candidatas que
obtengan puntuación superior a 26,6 puntos.
10. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas. Una vez resueltas las
reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las calificaciones definitivas.
11. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios para
dirimirlo serán, por este orden:
- Ocupación, en su caso, de plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la
que se opte en el CEE.
- Mayor experiencia en plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la que se
opte en el CEE, en el Ayuntamiento de Jaén o en cualquiera de sus Organismos Autónomos.
- Mayor experiencia en plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la que se
opte en otras Administraciones Públicas.
12. El baremo para calificar los méritos, será el siguiente:
1. Méritos profesionales.
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 21
puntos conforme al siguiente baremo:
a) Por cada mes de servicios prestados como personal laboral temporal o personal
laboral indefinido en la misma categoría y en plaza de la misma naturaleza jurídica
a la que se desea acceder en el CEE, el Ayuntamiento de Jaén o cualquiera de sus
Organismos Autónomos: 0,15 puntos por mes.
b) Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en la
misma categoría y en plaza de la misma naturaleza jurídica a la que se desea acceder en
otras administraciones Públicas: 0,05 puntos por mes.
Los servicios prestados en situación administrativa de Servicios Especiales por los
funcionarios o en la situación equivalente por personal laboral (Excedencia Forzosa),
los prestados en la Administración Municipal con una relación laboral de alta dirección y
los prestados mediante adscripción por decreto, se considerarán y puntuarán en la fase
de concurso como prestados, a todos los efectos, en el puesto de origen desde el que
se accedió a Servicios Especiales o su equivalente para laborales o al contrato de alta
dirección o a la adscripción por decreto.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los
servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca
a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por
motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos motivados en la conciliación
de la vida familiar y laboral.
En caso de simultanearse varias actividades en el mismo periodo de tiempo, sólo se
puntuará la experiencia que resulte con mayor valoración según los apartados anteriores. A
los efectos de valoración de los méritos, se precisa expresamente que, no serán valorados
los méritos no invocados, ni aquellos que aun siendo invocados, no sean debidamente
acreditados dentro del plazo de presentación de instancias por los aspirantes por cualquiera
de los medios autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación
posterior al efecto por parte de la administración, ya que los méritos alegables, en su caso,
no son requisito imprescindible para la admisión del aspirante.
2. Formación:
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 14
puntos, conforme al siguiente baremo:
a) Por estar en posesión de otras titulaciones oficiales de igual o superior nivel a la
requerida relacionados con la plaza que se convoca: 0,50 puntos por cada título.
b) Por la participación en Másteres Universitarios, en cursos o jornadas de formación
impartidos, organizados, homologados o financiados por Administraciones Públicas,
Colegios profesionales, Cámaras de comercio, Organizaciones sindicales, Organizaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272829
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 19634/10
9. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de
la fase de concurso y superarán el proceso selectivo aquellas personas candidatas que
obtengan puntuación superior a 26,6 puntos.
10. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán de un plazo de
cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas. Una vez resueltas las
reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las calificaciones definitivas.
11. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios para
dirimirlo serán, por este orden:
- Ocupación, en su caso, de plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la
que se opte en el CEE.
- Mayor experiencia en plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la que se
opte en el CEE, en el Ayuntamiento de Jaén o en cualquiera de sus Organismos Autónomos.
- Mayor experiencia en plazas de igual denominación y naturaleza jurídica a la que se
opte en otras Administraciones Públicas.
12. El baremo para calificar los méritos, será el siguiente:
1. Méritos profesionales.
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 21
puntos conforme al siguiente baremo:
a) Por cada mes de servicios prestados como personal laboral temporal o personal
laboral indefinido en la misma categoría y en plaza de la misma naturaleza jurídica
a la que se desea acceder en el CEE, el Ayuntamiento de Jaén o cualquiera de sus
Organismos Autónomos: 0,15 puntos por mes.
b) Por cada mes de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en la
misma categoría y en plaza de la misma naturaleza jurídica a la que se desea acceder en
otras administraciones Públicas: 0,05 puntos por mes.
Los servicios prestados en situación administrativa de Servicios Especiales por los
funcionarios o en la situación equivalente por personal laboral (Excedencia Forzosa),
los prestados en la Administración Municipal con una relación laboral de alta dirección y
los prestados mediante adscripción por decreto, se considerarán y puntuarán en la fase
de concurso como prestados, a todos los efectos, en el puesto de origen desde el que
se accedió a Servicios Especiales o su equivalente para laborales o al contrato de alta
dirección o a la adscripción por decreto.
La valoración se reducirá de forma directamente proporcional en el caso de que los
servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, excepto cuando la reducción obedezca
a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por
motivos de lactancia, cuidados familiares y demás supuestos motivados en la conciliación
de la vida familiar y laboral.
En caso de simultanearse varias actividades en el mismo periodo de tiempo, sólo se
puntuará la experiencia que resulte con mayor valoración según los apartados anteriores. A
los efectos de valoración de los méritos, se precisa expresamente que, no serán valorados
los méritos no invocados, ni aquellos que aun siendo invocados, no sean debidamente
acreditados dentro del plazo de presentación de instancias por los aspirantes por cualquiera
de los medios autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de subsanación
posterior al efecto por parte de la administración, ya que los méritos alegables, en su caso,
no son requisito imprescindible para la admisión del aspirante.
2. Formación:
La puntuación máxima total a alcanzar en este apartado no podrá ser superior a 14
puntos, conforme al siguiente baremo:
a) Por estar en posesión de otras titulaciones oficiales de igual o superior nivel a la
requerida relacionados con la plaza que se convoca: 0,50 puntos por cada título.
b) Por la participación en Másteres Universitarios, en cursos o jornadas de formación
impartidos, organizados, homologados o financiados por Administraciones Públicas,
Colegios profesionales, Cámaras de comercio, Organizaciones sindicales, Organizaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272829
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía