5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/243-92)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Jaén, de convocatoria de pruebas selectivas para la selección de las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinario del año 2021 correspondientes al proceso de estabilización de empleo temporal del Patronato de la Universidad Popular Municipal del Ayuntamiento de Jaén, mediante el procedimiento de selección de concurso. (PP. 3272/2022).
17 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Miércoles, 21 de diciembre de 2022

página 19618/11

Decimoquinta. Relación de aprobados, presentación de documentación.
1. Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que se hayan
presentado alegaciones por los/as aspirantes o, resueltas las mismas, el Tribunal
publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Jaén y, a efectos meramente
informativos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaén (http://www.aytojaen.es),
el nombre de los/as aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la
suma de puntuaciones obtenidas, que se elevará a la Sra. Presidenta de la UPM para que
proceda a formalizar la contratación laboral fija de las personas aspirantes con mayor
puntuación.
2. Los/as aspirantes propuestos/as, presentarán en la UPM, en el plazo de 10 días
hábiles, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos
acreditativos de las requisitos de capacidad y los demás exigidos en la convocatoria,
siendo los mismos los siguientes:
a) Documento Nacional de Identidad y título académico exigido en la convocatoria o
resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
b) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier
organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose
a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al
servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su artículo 10 y en todas las
que se dicten en su desarrollo.
c) Declaración responsable de no ejercer actividades incompatibles con el puesto
de trabajo que se va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las
actividades previstas en los artículos 11 y 12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
3. Quienes dentro del plazo indicado, salvo supuestos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de algunos de los
requisitos exigidos, no podrán contratados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
solicitud de participación, e igualmente el órgano convocante podrá requerir de órgano de
selección relación complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as,
y que hayan superado el proceso selectivo, para su posible contratación laboral fija.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272823

La posesión de los títulos se acreditará mediante fotocopias autocompulsadas de los
mismos con los requisitos determinados en el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los cursos se acreditarán mediante fotocopias autocompulsadas del diploma o
certificado de aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración
de los mismos. Los cursos en los que no se acredite el número de horas y/o de créditos
no se valorarán. Asimismo para los cursos que acrediten solo número de créditos se
aplicará el criterio de que cada crédito equivale a 10 horas.
Cada fotocopia autocompulsada consistirá en una fotocopia simple del documento,
en la que el interesado escribirá de su puño y letra, en cada una de las páginas, el texto:
«es copia fiel del original» y la firma del interesado debajo o a continuación de dicha
expresión.
13. Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional:
1. Servicios prestados en la UPM, el Ayuntamiento de Jaén o cualquiera de sus
Organismos Autónomos: No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes,
siendo éstos aportados de oficio por el Área de Recursos Humanos.
2. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas: La experiencia
profesional se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el
órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la
denominación de la plaza, el grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada.