5. Anuncios. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/242-52)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación del Convenio Colectivo (Cod. 71103541012022) de la empresa Oilogist H&B, S.L.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Martes, 20 de diciembre de 2022

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación del Convenio
Colectivo (Cod. 71103541012022) de la empresa Oilogist H&B, S.L.
Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa Oilogist H&B, S.L., suscrito por las
representación de la empresa y de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y
en el Real Decreto 713 /2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y
acuerdos colectivos de trabajo,
RESU ELVO
Primero. Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el Registro de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos dependiente de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión
Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de diciembre de 2022.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
TEXTO DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA OILOGIST H&B, S.L.
Y SUS TRABAJADORES/AS PARA LOS AÑOS 2022 Y 2023
Artículo 1. Ámbito territorial, funcional y personal.
El presente convenio afecta a los centros de trabajo de Algeciras, Granada y
Salobreña de la empresa Oilogist H&B, S.L., dedicada a la actividad de transporte de
mercancías por carretera.

Artículo 3. Concurrencia del convenio.
El presente convenio regirá en sus propios términos y sin variación desde su vigencia
y durante los años 2022 y 2023, y sus posibles prórrogas. En consecuencia y durante
su vigencia no podrá aplicarse en el ámbito que éste comprende, otro concurrente total
o parcialmente en cualquiera de los aspectos territoriales, funcional o personal. No
obstante, y a lo no negociado en el presente convenio se estará a la normativa legal
vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274019

Artículo 2. Vigencia y duración.
El presente convenio entra en vigor el día 1 de enero de 2022, y ello con independencia
de la fecha de su publicación en BOJA, y abarcará el periodo comprendido entre esa
fecha y el 31 de diciembre del año 2023. A efectos económicos el presente convenio
entrará en vigor a partir del 01.09.2022. A su finalización, si no media denuncia expresa
con preaviso de dos meses, por ninguna de las partes firmantes, se prorrogará año a año
en los mismos términos. En caso de ser denunciado por alguna de las partes firmantes
una vez concluida la duración pactada, el convenio permanecerá vigente en sus mismos
términos durante las negociaciones para su renovación y por el plazo legal establecido.