Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/242-6)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».
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Número 242 - Martes, 20 de diciembre de 2022

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Segundo. Solicitudes, plazo de presentación, notificaciones y demás documentación.
1. El formulario de solicitud (Anexo I) así como los formularios para presentar
alegaciones, documentación y efectuar reformulación (Anexo II), a los que se refiere la
Orden de 21 de diciembre de 2021 (BOJA núm. 246, de 24 de diciembre), que fueron
aprobados por Resolución de 27 de diciembre de 2021, que realizó la convocatoria de
las subvenciones que nos ocupan en el ejercicio 2021, se publican conjuntamente con
la presente resolución, y se podrán obtener además en el Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24838, así como en la
página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica:
http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/.
2. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, se presentarán conforme a los modelos contenidos como
Anexo I que se publican conjuntamente con la presente resolución.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación indicada como
obligatoria en el Anexo I, referida a la inversión para la que se solicita la subvención, a
fin de aportar al órgano competente la información necesaria para aplicar los criterios de
valoración, debiendo corresponderse el contenido de la información facilitada con el título
del documento al que se refiere, y que es la siguiente:
1.ª Memoria explicativa del proyecto en la que se incluya una descripción detallada de
todas las acciones previstas en el desarrollo del proyectos, así como un calendario, en el que
especifique las fechas de inicio y finalización del mismo. Deben incluirse los datos relativos a
los criterios de valoración cuantitativos y la cuantificación que propone de los mismos.
2.ª Presupuesto del proyecto desglosado y detallado por partidas que incluya todos
los gastos previstos. Además de ello, deberá ser presentado el modelo de presupuesto
(Anexo III) que estará a disposición de los solicitantes en la página web de la Agencia
en el apartado correspondiente a la convocatoria de subvenciones a la inversión para
la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y
musicales en Andalucía-año 2022.
La documentación aportada con el Anexo I que no sea requerida en el mismo no será
tenida en cuenta a efectos de valoración de la solicitud ni tampoco podrá tenerse por
presentada cuando la aportación de la misma corresponda a otra fase de la tramitación del
procedimiento de concesión de la subvención, por lo que deberá reiterarse su aportación
en la fase procedimental que corresponda o bien indicar a la Agencia el trámite en el que
fue aportada.
3. De conformidad con lo establecido en el apartado 10.c) del cuadro resumen, las
solicitudes se presentarán preferentemente en el registro electrónico de la Administración
de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea (órgano administrativo: Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales), de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía y en los registros
electrónicos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En consecuencia, toda documentación, relativa a la convocatoria que nos ocupa,
remitida por medios distintos a los establecidos será inadmitida.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles, iniciándose su
cómputo el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
4. Los actos integrantes del presente procedimiento de concesión de subvenciones
serán objeto de publicación cuando se trate de actos que deban notificarse de forma
conjunta a todas las personas y/o entidades interesadas, realizándose la misma en la web
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274078

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía