Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/242-6)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Martes, 20 de diciembre de 2022

página 20881/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y
gestión sostenible de infraestructuras de las artes escénicas y musicales en
Andalucía, al amparo del «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU».

En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria para el año 2022 de
estas subvenciones, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de
los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante
Decreto 103/2011, de 19 de abril,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274078

La Orden de 21 de diciembre de 2021 (BOJA núm. 246, de 24 de diciembre), por la que
se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a la inversión para la modernización y gestión sostenible de las
infraestructuras de artes escénicas y musicales en Andalucía, regula, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la siguiente línea de subvenciones:
Medidas de apoyo a la inversión para la modernización y gestión sostenible de las
infraestructuras de las artes escénicas y musicales en Andalucía.
La citada Orden de 21 de diciembre de 2021, está sujeta, entre otra normativa, al
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como
al Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de
2021, por el que se completa el mencionado Reglamento (UE) 2021/241, mediante el
establecimiento de los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de
indicadores de recuperación y resiliencia; los cuales son el eje central del instrumento
de recuperación «Next Generation EU», acordado por el Consejo Europeo el 21 de julio
de 2020, que ayudará a los Estados miembros a hacer frente a los efectos económicos y
sociales de la pandemia de COVID-19. El volumen de recursos de dicho instrumento de
recuperación se articula en España a través del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, aprobado por el Gobierno de España el 27 de abril de 2021.
Nos encontramos ante una subvención que constituye una Ayuda de Estado
compatible conforme al Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio
de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Dentro de este Plan, entre los diversos proyectos de los que participarán las
Comunidades Autónomas, se encuentra el proyecto: «Modernización y gestión sostenible
de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales [...] (Proyecto 2 dentro de la
inversión 2 «Dinamización de la Cultura a lo largo del territorio» del Componente 24:
«Revalorización de la industria cultural. C24.I2.P2»).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía y en el apartado 2 de la disposición adicional única
de la Orden de 21 de diciembre de 2021 (BOJA núm. 246, de 24 de diciembre), corresponde
a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por
delegación del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, realizar la convocatoria anual
mediante la presente resolución de las subvenciones que nos ocupa.