Disposiciones generales. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/241-2)
Orden de 2 de diciembre de 2022, por la que se establecen las normas de las convocatorias para acogerse al régimen de Conciertos Educativos en la enseñanza de Educación Primaria, desde el curso académico 2023/24 hasta el curso académico 2028/29.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Lunes, 19 de diciembre de 2022

página 20664/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL

El artículo 116.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que
corresponde al Gobierno establecer los aspectos básicos a los que deben someterse los
conciertos, estando regulados dichos aspectos por el Reglamento de Normas Básicas
sobre Conciertos Educativos, aprobado por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.
Por otro lado, el artículo 116.4 de dicha Ley Orgánica establece que corresponde a
las Comunidades Autónomas dictar las normas necesarias para el desarrollo del régimen
de conciertos educativos, de acuerdo con lo previsto en dicho artículo y en el marco de lo
dispuesto en los artículos 108 y 109 de la misma ley.
Asimismo, la disposición adicional octava del citado Reglamento de Normas Básicas
sobre Conciertos Educativos autoriza a las Comunidades Autónomas a ajustar los plazos
previstos en el Capítulo I de su Título III.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Orden de 30 de diciembre
de 2016, por la que se establecen las normas que regirán la convocatoria para solicitar
acogerse al régimen de conciertos educativos o la renovación de los mismos, a partir
del curso académico 2017/18, estableció una duración de seis años para los conciertos
educativos de educación primaria, por lo que finalizarán al concluir el curso escolar 2022/23.
Por ello, resulta necesario establecer el procedimiento para que los centros puedan
solicitar acogerse al régimen de conciertos educativos para educación primaria, o bien
solicitar la renovación o modificación de los mismos en el caso de los centros ya acogidos
a él, en los términos previstos en los Títulos III y V del referido Reglamento de Normas
Básicas sobre Conciertos Educativos, o al amparo, en su caso, de sus disposiciones
adicionales primera y segunda, sin perjuicio de lo establecido en cuanto a autorizaciones
de los centros privados.
No se contempla la modificación del régimen que afecta a los conciertos de las
enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación especial, educación
secundaria obligatoria, formación profesional de grado básico, formación profesional de
grado medio y de grado superior y bachillerato toda vez que éstos, al tener una duración
de cuatro años, fueron renovados en el curso escolar 2021/22 y están regulados por la
Orden de 16 de diciembre de 2020, por la que se establecen las normas que regirán las
convocatorias para acogerse al régimen de conciertos educativos en las enseñanzas de
Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y
Formación Profesional, desde el año académico 2021/22 hasta el año académico 2024/25.
La presente orden cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y el artículo 7.2 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre,
de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía. Esto es, necesidad y eficacia, estando la iniciativa
normativa justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación
clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su
consecución; proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible para atender la
necesidad a cubrir con la norma, habiéndose constatado que no existen otras medidas
menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a las personas
destinatarias; seguridad jurídica, ejerciéndose la iniciativa normativa de manera coherente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 2 de diciembre de 2022, por la que se establecen las normas de
las convocatorias para acogerse al régimen de Conciertos Educativos en la
enseñanza de Educación Primaria, desde el curso académico 2023/24 hasta el
curso académico 2028/29.